III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2024-9016)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la adhesión a los sistemas departamentales de la IGAE.
9 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 4 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 50863

Ambas partes se reconocen competencia suficiente para el establecimiento del
presente convenio, y al efecto,
EXPONEN
I. Que el objeto primordial del presente convenio, partiendo del respeto a los
diferentes ámbitos competenciales de cada Administración, es fijar un marco de
colaboración entre la Intervención General de la Administración del Estado, en adelante
IGAE, y la Comunidad Autónoma de Cantabria, para aprovechar la experiencia de la
primera en las aplicaciones: SIC´3, RED-coa, CICEP-red, SOROLLA2 e IRIS, en
términos del interés común de ambas Administraciones en el ejercicio de las
competencias propias de cada una con el fin de lograr una información consistente y
comparable.
II. Que es un objetivo de la Intervención General de la Administración del Estado
promover la normalización en el ámbito de sus competencias y, en particular, la de los
procedimientos de gestión económico y presupuestarios, trasladando su propia
experiencia y con la finalidad última de crear sinergias entre las distintas
Administraciones Públicas.
En relación con dichos procedimientos la Intervención General de la Administración
del Estado ha desarrollado las aplicaciones informáticas:
SIC´3, como Sistema de Información Contable.
RED-coa, para la rendición telemática de las cuentas anuales de las entidades
públicas estatales se naturaleza Administrativa.
CICEP-RED, para la rendición telemática de las cuentas anuales de las entidades
públicas estatales de naturaleza empresarial o fundacional.
SOROLLA2, de apoyo a la gestión económico-presupuestaria de los centros
gestores y las entidades públicas administrativas, que incorpora dos módulos: el primero
para la gestión económico presupuestaria de los distintos Centros Gestores, y el
segundo para la gestión del inventario de los elementos de inmovilizado.
IRIS, de seguimiento de expedientes de gasto y apoyo a la gestión de la fiscalización
de obligaciones para el órgano de control.
Y con el ánimo de favorecer la citada normalización y la reutilización de aplicaciones
informáticas entre las Administraciones Públicas, la IGAE pone a disposición de la
Comunidad Autónoma de Cantabria, las aplicaciones: SIC´3, RED-coa, CICEP-red,
SOROLLA2 e IRIS, todo ello en el marco de lo previsto en el artículo 157 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula la
«reutilización de sistemas y aplicaciones de propiedad de la Administración»:
«1. Las Administraciones pondrán a disposición de cualquiera de ellas que lo
solicite las aplicaciones, desarrolladas por sus servicios o que hayan sido objeto de
contratación y de cuyos derechos de propiedad intelectual sean titulares, salvo que la
información a la que estén asociadas sea objeto de especial protección por una norma.
Las Administraciones cedentes y cesionarias podrán acordar la repercusión del coste de
adquisición o fabricación de las aplicaciones cedidas. […]
2. Las Administraciones Públicas, con carácter previo a la adquisición, desarrollo o
al mantenimiento a lo largo de todo el ciclo de vida de una aplicación, tanto si se realiza
con medios propios o por la contratación de los servicios correspondientes, deberán
consultar en el directorio general de aplicaciones, dependiente de la Administración
General del Estado, si existen soluciones disponibles para su reutilización, que puedan
satisfacer total o parcialmente las necesidades, mejoras o actualizaciones que se
pretenden cubrir, y siempre que los requisitos tecnológicos de interoperabilidad y
seguridad así lo permitan. […]
En el caso de existir una solución disponible para su reutilización total o parcial, las
Administraciones Públicas estarán obligadas a su uso, salvo que la decisión de no

cve: BOE-A-2024-9016
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 109