III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-8948)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de la Compañía Operadora de Corto y Medio Radio Iberia Express, SAU, y sus trabajadores pilotos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Viernes 3 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 50593

jubilación o a la de incapacidad permanente. Las personas que dejen la compañía, salvo
por estas causas, perderán todos sus derechos sobre los Standby pendientes.
La compañía se reserva el derecho de limitar días y vuelos según disponibilidad, con
el objetivo de equilibrar este beneficio con las oportunidades reales de venta de billetes.
Los pilotos tendrán derecho a disfrutar de billetes en clase Business sin plaza
confirmada para vuelos de Iberia Express. Este derecho iniciará su vigencia el 1 de
enero de 2024.
El uso incorrecto de los Beneficios de Vuelos y/o el comportamiento inadecuado ante
los agentes de los aeropuertos, tanto del piloto como de sus beneficiarios, podrán dar
lugar a la retirada del beneficio por un período de hasta 5 años con independencia de su
sanción de régimen disciplinario.
Los beneficiarios de los billetes deberán ser declarados cada año, y solo entre los
días 1 y 31 de enero de cada año se podrá modificar la lista de beneficiarios para el año
en curso, y no estarán permitidas variaciones en los mismos.
Para aquellos pilotos que causen baja en la Compañía por pase a la situación de
jubilación o a la de incapacidad permanente, tendrán derechos a disfrutar de billetes para
vuelos de «Iberia Express» en las siguientes condiciones.
– 10 segmentos anuales en plaza confirmada; y
– 20 en segmentos anuales en Standby.
– Una vez al año podrá designar hasta dos beneficiarios de libre elección.
16.2

Responsabilidades.

Los pilotos y sus beneficiarios, durante toda la operación de aceptación en tierra,
como a bordo, deben tener un comportamiento adecuado y observar la máxima
consideración con los pasajeros. Si por motivos operacionales y/o comerciales fuese
necesario proceder al desembarco del pasajero y/o su equipaje, este deberá adherirse a
la petición sin crear dificultades.
Todos los pilotos se harán responsables de comunicar las condiciones de las
reservas y de sus peculiaridades a las personas que hagan uso de sus billetes y
responderán personalmente ante la compañía de las incidencias provocadas tanto por él
como por sus beneficiarios.
17.

Plan de Igualdad

La empresa dispone de un Plan de Igualdad único para todos los colectivos de la
empresa y que es de directa aplicación al colectivo de Pilotos.
A tal efecto, está constituida una comisión paritaria de igualdad formada por un
representante de cada colectivo de la compañía designado por sus representantes
legales.
Flight Data Monitoring

A la firma de este convenio, se reconoce el protocolo en vigor «procedimiento para el
funcionamiento de análisis de los datos de vuelo» firmado por todos los pilotos a su
ingreso en Iberia Express, requerido y aprobado AESA, como un instrumento eficaz para
la mejora de la seguridad operacional.
En el plazo de tres meses se constituirá una comisión de seguimiento del programa
FDM que estará formada por 2 (dos) representantes por la parte de la empresa y (dos) 2
por parte de la representación de pilotos. En dicha comisión se informará del
funcionamiento del programa, indicadores de seguridad, así como de las acciones se
están llevando dentro del programa.
Dicha comisión se reunirá un mínimo de dos veces al año en los meses de
septiembre y marzo. Adicionalmente, dicha comisión será convocada con carácter
extraordinario siempre que una de las dos partes lo requiera.

cve: BOE-A-2024-8948
Verificable en https://www.boe.es

18.