III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-8962)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Renovables Andalucía, SAU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación solar fotovoltaica "FV Caparacena", de 274,96 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Ventas de Huelma, Cacín, Chimeneas, Cijuela, Láchar, Pinos Puente, Valderrubio, Íllora y Atarfe (Granada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de mayo de 2024

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– Conforme a los apartados 4.2.7.2 y 4.2.7.3, deberá solicitarse, ante la citada
Delegación, autorización para la realización de prospección arqueológica. En la fase de
ejecución de las obras, será obligatorio un control y seguimiento arqueológico.
– La ocupación temporal de las vías pecuarias requerirá solicitud de autorización al
órgano autonómico competente.
– Se compensará la totalidad de superficies de HIC ocupadas permanentemente,
conforme al apartado 4.2.8.1.
– En la superficie excluida de la planta, apartado 4.2.4, se aplicarán medidas
agroambientales compensatorias, conforme al apartado 4.2.8. Se instalarán nuevos
puntos de nidificación, conforme al apartado 4.2.8.3 y se cumplirán el resto de preceptos
incluidos en los apartados 4.2.8.4 a 4.2.8.7 al respecto.
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos
adicionales que se recogen en el condicionado de la DIA y, en particular, lo indicado en el
apartado 1.3.
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la
DIA debían estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas
definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa previa de las
modificaciones sobre el proyecto y autorización administrativa de construcción, con
fecha 17 de mayo de 2023, el promotor presenta documentación acreditativa del
cumplimiento de los requisitos impuestos en la declaración de impacto ambiental y en la
citada resolución de autorización administrativa previa, incluyendo declaración
responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– 15 líneas eléctricas subterráneas a 30 kV que conectan la instalación solar
fotovoltaica «FV Caparacena» con la subestación «SET FV Caparacena 30/220 kV».
– Subestación eléctrica «SET FV Caparacena 30/220 kV».
– Línea aéreo-subterránea de alta tensión (LASAT) a 220 kV que conectará la «SET
FV Caparacena 30/220 kV» con la subestación «SET Promotores Caparacena 220/400
kV».
– Subestación eléctrica «SET Promotores Caparacena 220/400 kV».
– Línea aérea de alta tensión (LAAT) a 400 kV desde la «SET Promotores
Caparacena 220/400 kV» hasta la «SET Caparacena 400 kV».
– Subestación «SET Caparacena 400 kV», propiedad de Red Eléctrica de España,
SAU, que se encuentra en servicio.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fecha 23 de abril de 2024, declaración responsable que
acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo aportando documentación y expresando su conformidad.

cve: BOE-A-2024-8962
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Núm. 108