I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Servicios sociales. (BOE-A-2024-8834)
Ley 3/2024, de 12 de abril, reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107

Jueves 2 de mayo de 2024
Disposición final segunda.

Sec. I. Pág. 50185

Reutilización de la información pública.

La información pública y los datos que se puedan generar en aplicación de la
presente norma deberán ser puestas a disposición en el Portal de Gobierno Abierto de la
Junta de Castilla y León, debiendo ser suministrados con el nivel de agregación o
disociación que sea preciso para garantizar la protección de las personas.
Disposición final tercera.

Despliegue del sistema de calidad.

En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley se deberá
constituir el sistema de calidad aquí descrito, tanto en lo referente al régimen jurídico
como al órgano asesor en materia de calidad del titular de la Gerencia de Servicios
Sociales de Castilla y León y a la dotación de los profesionales para garantizar la
efectividad de las evaluaciones con la periodicidad exigida.
Una vez constituido el órgano asesor en materia de calidad se dispondrá de seis
meses para aprobar los indicadores y estándares de calidad que van a ser utilizados en
las evaluaciones.
Una vez aprobados los indicadores y estándares de calidad, se dispondrá de un
plazo de seis meses para comenzar a realizar evaluaciones en los centros residenciales
para cuidados de larga duración, periodo empleado en la formación de los profesionales
que vayan a realizar las evaluaciones, unificar criterios y consensuar los manuales.
Disposición final cuarta.

Desarrollo reglamentario.

Se faculta a la Junta de Castilla y León para aprobar las disposiciones necesarias en
desarrollo y ejecución de la presente ley.
Disposición final quinta.

Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín
Oficial de Castilla y León».
Por lo tanto, mando a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta ley la
cumplan, y a todos los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
Valladolid, 12 de abril de 2024.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso
Fernández Mañueco.
(Publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» número 79/2024, de 24 de abril de 2024)

cve: BOE-A-2024-8834
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X