III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fuerzas Armadas y Guardia Civil. Oferta de empleo. (BOE-A-2024-8820)
Real Decreto 464/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 50113

– El personal militar de la categoría de oficial de las escalas técnicas de ingenieros podrá optar a las
plazas ofertadas en su propio ejército.
– A las plazas ofertadas para el Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra también podrá
optar el personal militar de la Escala de Oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra que esté en
posesión de los títulos de Ingeniero de Armamento y Material o de Ingeniero de Construcción y Electricidad.
– A las plazas ofertadas para el Cuerpo de Ingenieros de la Armada también podrá optar el personal
militar de la Escala de Oficiales del Cuerpo General de la Armada que esté en posesión de la titulación de
Ingeniero de Armas Navales.
En cada convocatoria se establecerá el orden de prioridad particular para la asignación de las plazas de
promoción.
(t) De las 5 plazas ofertadas a militares de carrera y de las 3 plazas ofertadas a militares de tropa y
marinería, se ofertarán 2 y 2, respectivamente, sin exigencia de titulación previa, mientras que se reservarán 3
y 1, respectivamente, en las condiciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento de ingreso y promoción
en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, relativas a la promoción interna
por cambio de escala con exigencia de titulación universitaria previa. Caso de no cubrirse, las plazas ofertadas
para ingreso con exigencia de titulación universitaria previa podrán acumularse a las de promoción sin
exigencia de titulación universitaria previa y viceversa.
(u) De las 5 plazas ofertadas a militares de carrera y de las 6 plazas ofertadas a militares de tropa y
marinería, se ofertarán 2 y 2, respectivamente, sin exigencia de titulación previa, mientras que se reservarán 3
y 4, respectivamente, en las condiciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento de ingreso y promoción
en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, relativas a la promoción interna
por cambio de escala con exigencia de titulación universitaria previa. Caso de no cubrirse, las plazas ofertadas
para ingreso con exigencia de titulación universitaria previa podrán acumularse a las de promoción sin
exigencia de titulación universitaria previa y viceversa.
(v) De las 12 plazas ofertadas a militares de carrera y de las 18 plazas ofertadas a militares de tropa y
marinería, se ofertarán 4 y 12, respectivamente, sin exigencia de titulación previa, mientras que se reservarán 8
y 6, respectivamente, en las condiciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento de ingreso y promoción
en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, relativas a la promoción interna
por cambio de escala con exigencia de titulación universitaria previa. De estas últimas, se ofertarán 2 y 2,
respectivamente, para la potenciación de las capacidades de Ciberdefensa del Mando Conjunto de
Ciberespacio, con exigencia previa de las titulaciones que se determinen en la correspondiente convocatoria.
Caso de no cubrirse, las plazas ofertadas para ingreso sin exigencia de titulación universitaria previa
podrán acumularse a las de promoción con exigencia de titulación universitaria previa, sin perjuicio de lo
establecido en la nota (ze). Las plazas no cubiertas ofertadas con exigencia de titulación no podrán acumularse
a las ofertadas sin exigencia de titulación.
(w) De estas 22 plazas, se ofertarán 6 para la especialidad fundamental de Medicina mediante la forma
de ingreso sin exigencia de titulación universitaria, según lo dispuesto en la disposición final quinta.Dos de la
Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, que modifica la disposición adicional sexta de la Ley 39/2007, de 19 de
noviembre. Una de estas 6 plazas se ofertará al personal perteneciente a la Escala de Oficiales enfermeros,
otras 2 se ofertarán para personal con la categoría de suboficial y las 3 restantes a personal militar de tropa y
marinería, con las normas de acumulación que se establezcan en la correspondiente convocatoria.
Las 16 plazas restantes se ofertarán con exigencia de titulación universitaria con la siguiente distribución:
Una para la especialidad fundamental de medicina reservada para militares de carrera; cuatro para la
especialidad fundamental de Farmacia desglosadas en 1 para militares de carrera y 3 para militares de tropa y
marinería; dos para la especialidad fundamental de Veterinaria desglosadas en 1 para militares de carrera y 1
para militares de tropa y marinería; y las 9 restantes para la especialidad fundamental de Psicología, donde se
reservará 1 plaza para militares de carrera, 1 para militares de complemento y 7 para militares de tropa y
marinería.
(x) Plazas reservadas para militares de carrera con la categoría de suboficial, según lo establecido en la
Disposición adicional tercera del Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento
de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas, relativo al ingreso sin titulación previa con exigencia de ECTS
superados. Estas plazas serán, exclusivamente, para la forma de promoción interna por cambio de escala. Las
plazas no cubiertas no se acumularán a las ofertadas en ningún otro cupo.
(y) De estas 462 plazas, se ofertarán 406 sin exigencia de titulación previa de Técnico superior, en las
condiciones establecidas en el artículo 16 del Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, y 56 con exigencia previa
de titulación de Técnico Superior. Las plazas no cubiertas ofertadas para ingreso sin exigencia de titulación
previa podrán acumularse a las de promoción con exigencia de titulación previa y viceversa.
(z) De estas 189 plazas, se ofertarán 164 sin exigencia de titulación previa de Técnico superior, en las
condiciones establecidas en el artículo 16 del Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, y 25 con exigencia previa
de titulación de Técnico Superior. Las plazas no cubiertas ofertadas para ingreso sin exigencia de titulación
previa podrán acumularse a las de promoción con exigencia de titulación previa y viceversa.
(za) De estas 26 plazas, se ofertarán 24 sin exigencia de titulación previa de Técnico superior, en las
condiciones establecidas en el artículo 16 del Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, y 2 con exigencia previa
de titulación de Técnico Superior. Las plazas no cubiertas ofertadas para ingreso sin exigencia de titulación
previa podrán acumularse a las de promoción con exigencia de titulación previa y viceversa.
(zb) De estas 288 plazas, se ofertarán 196 sin exigencia de titulación previa de Técnico superior. Las 92
restantes se ofertarán con exigencia previa de titulación de Técnico Superior, en las condiciones establecidas
en el artículo 16 del Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, y de ellas se ofertarán 10 específicamente para la
potenciación de las capacidades de Ciberdefensa del Mando Conjunto de Ciberespacio con exigencia previa de

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Núm. 106