III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2024-8691)
Resolución de 24 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica el Convenio con Deyde Datacentric, SLU, para la creación y desarrollo de una base de datos unificada de certificados de eficiencia energética.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Martes 30 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 49505

la consecución de los fines de mejora de la eficiencia energética redundando en una
mayor seguridad y conocimiento del mercado inmobiliario.
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto la recopilación de información relacionada con
los certificados de eficiencia energética, así como de los propios certificados de
eficiencia energética; y su estudio, análisis y validación con el fin de llevar a cabo el
desarrollo de una base de datos centralizada de certificados de eficiencia energética.
Segunda.

Contenido.

MITERD se compromete a llevar a cabo las siguientes actuaciones en ejecución del
Convenio:
a. Solicitar y recopilar todos los ficheros generados por todas las Comunidades
Autónomas con la información de que dispongan estas relativa a los certificados de
eficiencia energética, tal y cómo son generados por los diferentes programas
informáticos de cada Comunidad Autónoma y puestos a disposición del MITERD.
b. Actuar proactivamente en la relación con las Comunidades Autónomas para
lograr el envío actualizado y ágil de dichos ficheros con la información relativa a los
certificados de eficiencia energética.
c. Otorgar acceso a Deyde DataCentric a toda la información histórica de datos de
certificados de eficiencia energética para que ésta pueda llevar a cabo las actuaciones
derivadas del presente Convenio.
d. Definir, de acuerdo con Deyde DataCentric, el contenido de los datos a incluir en
la base de datos derivada del presente Convenio, aportando la definición de nuevas
variables, orígenes de datos y clasificaciones de estos de acuerdo con criterios técnicos
actuales y futuros.
e. Validar la información contenida en la base de datos, incluyendo datos
incorporados por Deyde DataCentric y nuevas variables incorporadas, contrastándola
con fuentes y criterios oficiales, atendiendo a necesidades actuales y futuras.
f. Responder y corregir, si procede, incidencias y peticiones de interlocutores de
Deyde DataCentric sobre el contenido de la base de datos.
g. Atender a las reuniones de seguimiento del proyecto, planificar tareas y ejecutar
las correspondientes, según acuerdo entre MITERD y Deyde DataCentric.
h. No publicar, ni compartir, la información resultante de la base de datos generada
por Deyde DataCentric más allá del ámbito de MITERD. Cualquier otra entidad pública
podrá obtener la autorización de acceso a la base de datos, sólo para fines estadísticos y
de investigación, tras notificación previa a Deyde DataCentric. En ningún caso podrá
publicar o compartir con terceros dicha información, sin la autorización conjunta de
MITERD y Deyde DataCentric, en tanto la misma contiene información considerada
confidencial y propiedad exclusiva de Deyde DataCentric.

a. Diseñar y construir, de acuerdo con MITERD, una base de datos conteniendo
información validada, corregida y enriquecida sobre certificados de eficiencia energética,
a nivel de referencia catastral de inmueble.
b. Proveer a la base de datos en construcción en virtud del presente Convenio
datos actualizados provenientes de fuentes públicas adicionales a los que sean
facilitados por las Comunidades Autónomas, de datos de propiedad exclusiva de Deyde
DataCentric, así como de herramientas para la actualización y validación de la
información.

cve: BOE-A-2024-8691
Verificable en https://www.boe.es

Por su parte, Deyde DataCentric se compromete a llevar a cabo las siguientes
actuaciones: