III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-8664)
Resolución de 23 de abril de 2024, del Centro Sefarad-Israel, por la que se publica el Convenio con el Liceo Francés de Madrid, para el desarrollo del programa de observación en entorno profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Martes 30 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 49365

CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Este convenio tiene por objeto establecer las condiciones de colaboración entre el
Centro Sefarad-Israel (en adelante CS-I) y Liceo Francés de Madrid (en adelante
LICEO), con objeto de organizar conjuntamente la celebración de sesiones de apertura
de puertas profesional para estudiantes de 4.º de la ESO de este centro educativo, en las
fechas previstas en la letra B) de la cláusula segunda.
Segunda.
A)

Condiciones generales del convenio.

Contenido de la actividad.

La finalidad del presente convenio es establecer en beneficio de los alumnos de 4.º
de la ESO del Liceo Francés de Madrid una sesión de observación en entorno
profesional en el marco de la Educación a la Orientación en relación con el programa
impartido en clase.
El alumno conservará en todo momento su condición de tal. Permanece bajo la
autoridad y la responsabilidad del Director del Liceo Francés de Madrid. En ningún caso
podrá pretender ser remunerado. Estará sometido a las normas en vigor en el organismo
que le recibe, CS-I, particularmente en materia de seguridad, horarios y disciplina a
reserva de los artículos 6 y 7 del presente convenio.
El alumno participará en las actividades de CS-I que tienen relación con la acción
pedagógica. En ningún caso su participación podrá perjudicar la situación del empleo en
dicho organismo. Deberá respetar el secreto profesional. Bajo ningún concepto el
alumno podrá trabajar con máquinas, vehículos, aparatos o productos cuya manipulación
por menores esté prohibida.
El Director del Liceo Francés de Madrid y el Representante de CS-I, organismo de
acogida, se mantendrán informados de las dificultades derivadas de este convenio
(particularmente si se trata de ausencias o retrasos del alumno) y tomarán de mutuo
acuerdo junto con los profesores las medidas oportunas para resolverlas, sobre todo si
se trata de una falta disciplinaria.
Las sesiones de observación en entorno profesional tendrán los siguientes objetivos:
– Sensibilizar a los alumnos al entorno tecnológico, económico y profesional.
– Brindarle al alumno la posibilidad de una primera aproximación al mundo laboral,
pudiendo medir sus realidades y sus obligaciones.
– Confirmar o invalidar la elección de una profesión o sector profesional.
– Reforzar la importancia del colegio y de las formaciones antes de entrar en el
mundo laboral.

– Entrevistas.
– Encuestas.
– Estudio de documentos.
– Visitas.
Durante la sesión y al término de la misma, el alumno realizará una memoria
siguiendo las pautas dictadas por los profesores. El Responsable del alumno en CS-I
deberá asegurarse de que dicho documento no contenga información sensible que
pueda perjudicar a CS-I o sus trabajadores. El documento tendrá carácter pedagógico y
confidencial.

cve: BOE-A-2024-8664
Verificable en https://www.boe.es

Bajo la responsabilidad de la persona encargada del alumno, este último podrá
desarrollar las siguientes modalidades de actividades: