III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-8685)
Resolución de 22 de abril de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la impartición de enseñanzas en aulas del Centro de Alto Rendimiento de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Martes 30 de abril de 2024

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será asignado al centro educativo mediante el procedimiento establecido al efecto para
dotar de profesorado a todos los centros de educación secundaria. A estos efectos, las
plazas que se establezcan para el desarrollo de este convenio formarán parte del cupo
de profesores que se asigne al IES Ortega y Gasset, ofreciéndose, en primer lugar, al
profesorado del centro, teniendo en cuenta las condiciones del alumnado, la necesidad
de la adaptación curricular y el horario adecuado para la participación de las clases. En
el caso de que queden vacantes, se procederá de acuerdo con lo previsto en la
normativa vigente que regula las comisiones de servicios, los concursos de traslados y el
procedimiento de acceso al Cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria, siempre
teniendo en cuenta las condiciones mencionadas anteriormente.
Tercera.

Compromisos del Consejo Superior de Deportes.

El Consejo Superior de Deportes se compromete a llevar a cabo las siguientes
actuaciones:
a) Proporcionar las instalaciones para desarrollo de las enseñanzas del Instituto de
Educación Secundaria «Ortega y Gasset». Para ello, el Consejo Superior de Deportes
proporcionará los espacios del Centro de Alto Rendimiento que figuran en el anexo I,
conservándolos en las condiciones necesarias para el desarrollo de las enseñanzas.
b) Dotar estos espacios con los equipamientos de mobiliario y material
didáctico-deportivo necesarios para el desarrollo de las enseñanzas.
c) Asumir la totalidad de los gastos que se produzcan en las instalaciones cedidas
para el uso docente.
d) Dotar de un auxiliar administrativo, que colabore con la Secretaría del Instituto de
Educación Secundaria «Ortega y Gasset» para desarrollar las tareas administrativas
derivadas de las enseñanzas.
e) Asumir la responsabilidad jurídica y económica como titular del Centro de Alto
Rendimiento.
f) Permitir el acceso del profesorado al comedor de la Residencia Joaquín Blume,
contemplándose la exención prevista en la Resolución de 23 de mayo de 2016, de la
Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se establecen los precios
públicos para la utilización de sus instalaciones y servicios.
g) Permitir el acceso y uso de las instalaciones mencionadas en el anexo I para uso
docente.

La coordinación y supervisión de las actuaciones derivadas del presente convenio
corresponderá a una comisión, constituida por cuatro miembros: dos representantes de
la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, designados por la Dirección
General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y dos
representantes del Consejo Superior de Deportes. Corresponderá la presidencia de esta
a uno de los representantes designados desde la administración educativa y su
funcionamiento se regirá según lo establecido en la sección 3 del capítulo II del título
preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
donde se contienen normas de aplicación para órganos colegiados.
Esta comisión se considerará el mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio, resolviendo los problemas de interpretación y cumplimiento que
puedan plantearse respecto de este, según lo establecido en el artículo 49.f), de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el
artículo 4.3.g) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

cve: BOE-A-2024-8685
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Comisión de seguimiento.