III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-8663)
Resolución de 19 de abril de 2024, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con la Fundació Blanquerna, para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Martes 30 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 49360

Dichos seguros extenderán su vigencia al lugar donde los estudiantes realicen las
prácticas.
Para la realización de las prácticas será necesario que el estudiante haya obtenido
los permisos necesarios para su entrada y permanencia en el país donde hayan de
realizarse las mismas, cuando su legislación así lo requiera.
Séptima. Duración de las prácticas.
Las prácticas curriculares tendrán la duración que establezca el plan de estudios
correspondiente.
Las prácticas extracurriculares tendrán una duración preferentemente no superior al
cincuenta por ciento del curso académico.
Octava.

Financiación.

Este convenio no implica la transferencia de recursos económicos entre las partes ni
ningún tipo de gastos para el Instituto Cervantes.
En caso de que, conforme a la normativa que resulte de aplicación, el estudiante en
prácticas deba ser incluido en el régimen del sistema de Seguridad Social, su
correspondiente alta y cotización correrá a cargo de la Fundació Blanquerna no
haciéndose cargo de tales obligaciones el IC.
Novena.

Confidencialidad y protección de datos.

Décima.

Reconocimiento de los tutores del Instituto Cervantes.

El tutor del Instituto Cervantes tendrá derecho al reconocimiento de su actividad
colaboradora, por parte de la Fundació Blanquerna, en los términos previstos en este
convenio.

cve: BOE-A-2024-8663
Verificable en https://www.boe.es

Ambas partes se comprometen a guardar absoluta confidencialidad sobre la totalidad
de los datos, informaciones y documentación de todo tipo facilitados para el
cumplimiento del presente convenio, así como al estricto cumplimiento de lo establecido
en el Reglamento UE 679/2016 General de Protección de Datos, en cualquier otra
normativa de Protección de Datos de Carácter Personal aplicable en el país donde los
alumnos realicen las prácticas, y resto de legislación vigente y en particular en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Las entidades firmantes del convenio tendrán la consideración de responsables de
tratamiento de los datos de carácter personal recogidos en este acuerdo y en sus anejos,
así como de cualquier otro dato personal del que se tenga conocimiento como
consecuencia del desarrollo del mismo. El acceso a los datos por parte de dichas
entidades se realizará única y exclusivamente con la finalidad de la correcta gestión de
las prácticas que realizarán los alumnos.
Las partes firmantes, adoptarán las medidas de índole técnica y organizativas
necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal
proporcionados, que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación y portabilidad, dirigiendo su solicitud por escrito al
Instituto Cervantes, c/ Alcalá, 49, 28014 Madrid (lopd@cervantes.es), y/o a Fundació
Blanquerna, en Plaça Joan Coromines, s/n, 08001 Barcelona (dpd@blanquerna.edu)
Puede consultarse información ampliada sobre cómo las partes tratan los datos de
carácter personal de su responsabilidad en: https://cervantes.org/es/aviso-legal y en
https://www.blanquerna.edu/ca/politica-de-proteccio-de-dades