III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-8694)
Resolución de 19 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Naturgy Renovables, SLU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica "Los Corrales", de 225 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Cuadros y La Robla (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 30 de abril de 2024

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condiciones y medidas dispuestas en la DIA, presentado la documentación acreditativa
de su cumplimiento:
– No se instalarán paneles, vallado, ni centros de transformación, en superficies con
pendientes superiores al 12 %, como medida para evitar la aparición de procesos
erosivos.
– El promotor deberá recabar nuevo informe favorable del Servicio Territorial de
Cultura y Turismo de la Delegación Territorial de León respecto al nuevo trazado de la
línea de evacuación soterrada hasta la subestación de «La Pradera» con carácter previo
a cualquier tipo de obra o actividad e incorporar al proyecto las condiciones que del
nuevo informe puedan derivarse.
– Completar el Programa de vigilancia ambiental en los términos establecidos en el
punto 4.3.
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la
DIA debían estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas
definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa previa de las
modificaciones sobre el proyecto, autorización administrativa de construcción del mismo,
con fecha 9 de mayo de 2023 y subsanada posteriormente, el promotor presenta
documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos impuestos en la
declaración de impacto ambiental y en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, incluyendo declaración responsable en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Las líneas subterráneas a 30 kV con origen en los centros de transformación de la
planta, discurriendo hasta la subestación transformadora Los Corrales 30/132 kV.
– La subestación transformadora Los Corrales 30/132 kV.
– La línea eléctrica subterránea a 132 kV de evacuación con origen en la
subestación transformadora Los Corrales 30/132 kV, discurriendo su trazado hasta la
subestación colectora La Dehesa 132/400 kV.
El resto de la infraestructura de evacuación hasta la conexión a la subestación La
Robla 400 kV, de Red Eléctrica de España, SAU cuenta con autorización administrativa
de construcción otorgada mediante Resolución de la Dirección General de Política
Energética y Minas de 18 de abril de 2024 (La Pradera, SGEE/PFot-337):
– La subestación «La Dehesa» 132/400 kV.
– La línea eléctrica subterránea a 400 kV de evacuación con origen en la
subestación «La Dehesa» 132/400 kV, hasta la subestación transformadora La
Robla 400 kV, propiedad de Red Eléctrica España, SAU.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fechas 29 de mayo de 2023 y 1 de junio de 2023,
declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de
aplicación.

cve: BOE-A-2024-8694
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Núm. 105