III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-8692)
Resolución de 19 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Restauración hidrológico-forestal de las cuencas vertientes al Mar Menor ubicadas en la sierra Minera, término municipal de Cartagena".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Martes 30 de abril de 2024

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para evitar el contacto directo y que los ejemplares a implantar en las IRMA serán de
especies arbustivas con raíces fasciculadas para minimizar el contacto con los residuos.
Respecto de las modificaciones propuestas por la Fundación Sierra Minera relativas
a los trabajos de revegetación, el promotor acepta emplear en la zona 1 exclusivamente
el ahoyado manual en una densidad inferior a la indicada en el proyecto; invertir la
proporción de especies arbóreas respecto de las arbustivas; así como aumentar el
número de ejemplares de Tetraclinis articulata y reducir en proporción el de Pinus
halepensis, para potenciar con ello el HIC 9570* – Bosques de Tetraclinis articulata.
La Subdirección General de Política Forestal de la Dirección General de Medio
Natural de la Región de Murcia informa que el proyecto supondrá un impacto global
positivo, si bien deberán aplicarse las medidas asociadas a la evaluación ambiental. Por
su parte, la Subdirección General de Planificación, Biodiversidad y Caza y Pesca Fluvial
de la Dirección General de Patrimonio Natural y Acción Climática de la Región de Murcia
señala la falta de precisión del EsIA respecto de las especies de flora protegida
presentes en el área de actuación y la ausencia de cartografía apropiada con su
localización. El mapa de hábitats incluido no está actualizado y su escala no permite
apreciarlos con el detalle necesario y, en consecuencia, los cálculos de afección a los
HIC son imprecisos. No se aporta cartografía con la zonificación de las diferentes
especies, o diferentes módulos de plantación, seleccionadas para los trabajos de
revegetación. Cuestiona la selección de determinadas especies a emplear en siembras y
plantaciones. El informe concluye con la necesidad de incorporar al proyecto un conjunto
de medidas que se han incluido en el condicionado de la presente resolución.
Fauna.

El EsIA incluye el listado de posibles especies presentes de aves, anfibios, reptiles y
mamíferos en las cuadrículas de 10x10 km afectadas según el Inventario Español de
Especies Terrestres. Por otro lado, el promotor ha realizado una serie de trabajos de
campo en un periodo de 15 meses con objeto de caracterizar con mayor precisión la
fauna presente, centrados principalmente en el grupo de las aves. En total, se
observaron 21 especies (también se citan 24) durante los muestreos realizados, con una
baja abundancia de la mayoría de las especies, excepto de curruca cabecinegra (Sylvia
melanocephala).
Las operaciones que conllevan un incremento de tránsito de maquinaria y de
personal pueden provocar efectos negativos para la fauna, considerados de baja
intensidad por el promotor. El EsIA no prevé impactos directos y señala únicamente
molestias a algunas especies de avifauna sedentaria sobre zonas de matorral y áreas
afectadas por el ruido y por el incremento del tránsito de personal. El impacto es
valorado como compatible, dada la plasticidad ecológica de los posibles nidificantes y la
abundancia de hábitats de cría próximos con idénticas o mejores características que el
ámbito de actuación.
Por otro lado, los pozos de ventilación y otros elementos del patrimonio minero del
ámbito pueden constituir un refugio para determinadas especies de quirópteros y el
sellado mediante losa de hormigón puede impedir el acceso de ejemplares para su uso
como lugar de reposo, hibernación, reproducción, etc. Asimismo, las edificaciones
abandonadas pueden resultar útiles para la nidificación de algunas especies de aves.
Para minimizar los posibles impactos, la ejecución de las obras respetará los
periodos reproductivos de las especies más sensibles (marzo a finales de junio); se
reducirán las actividades al mínimo durante los periodos de invernada; no se realizarán
trabajos nocturnos para evitar ruidos molestos a la fauna; las instalaciones auxiliares y
de acopios se emplazarán en zonas adecuadas.
Se realizará un estudio de fauna que permita establecer con precisión las especies
presentes y las áreas de cría en la zona. Si bien no se ha detectado la nidificación
próxima de aves rapaces o de otras especies protegidas, se deberá confirmar en caso
de precisar la retirada de algún ejemplar de pino carrasco o de araar, con presencia de
personal del CECOFOR. Asimismo, se consultará al órgano competente antes del inicio

cve: BOE-A-2024-8692
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