III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-8660)
Resolución de 16 de abril de 2024, del Consorcio Casa de América, por la que se publica el Convenio con la Fundación Banco Santander, para articular la aportación económica destinada a apoyar los fines y la programación ordinaria del Consorcio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Martes 30 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 49346

En cumplimiento de la normativa aplicable de protección de datos, las Partes se
obligan a informar a los interesados de:
I. Que sus datos personales que figuran en este contrato y todos aquellos que
durante la relación contractual y comercial entre las Partes pudieran recabarse, se
tratarán bajo la responsabilidad de cada Parte con la finalidad de gestionar la relación
contractual y en cumplimiento de sus obligaciones legales. Este tratamiento resulta
necesario y tiene su base en el interés legítimo de las Partes, así como en el
cumplimiento de obligaciones legales.
II. Que podrán ejercitar, en cualquier momento, sus derechos de acceso,
rectificación, supresión, oposición, portabilidad y de limitación del tratamiento (o
cualesquiera otros reconocidos por ley) mediante notificación escrita a la parte
correspondiente, a la atención del responsable o delegado de protección de datos, a las
direcciones indicadas en este contrato.
III. Que podrán ponerse en contacto con el Delegado de Protección de Datos en las
siguientes direcciones:
Para Banco Santander, SA, es privacidad@gruposantander.es.
Para Consorcio Casa de América es dirgerencia@casamerica.es.
IV. Que los datos serán tratados durante la vigencia del contrato y, tras ello,
permanecerán bloqueados por el periodo de prescripción de cualesquiera acciones
legales o contractuales que resulten de aplicación.
V. Que pueden presentar cualquier reclamación o solicitud relacionada con la
protección de datos personales ante la Agencia Española de Protección de Datos en
www.aepd.es.
Incluir si una de las Partes no tiene domicilio en la UE.

cve: BOE-A-2024-8660
Verificable en https://www.boe.es

Así lo dicen y otorgan y, en prueba de conformidad, ambas Partes suscriben la
presente autorización de uso de marca en todas sus páginas, el cual se expide por
duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha establecidos ut supra.–Por Banco
Santander, SA (Licenciante), Carmen de la Hoz Llarandi.–Por Consorcio Casa de
América (Licenciatario), León de la Torre Krais.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X