III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2024-8594)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establece la distribución anual del porcentaje de capturas para fines científicos en el marco de las campañas científicas autorizadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 104

Lunes 29 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 48840

organizaciones regionales de ordenación pesquera o de acuerdos similares de los que la
Comunidad sea Parte contratante o Parte colaboradora no contratante». Por lo tanto, no
procede la distribución de la captura científica para este stock.
Se ha aplicado el apartado 6, artículo 4 de la Orden APA/441/2023, de 24 de abril,
por el cual no se distribuirá captura científica a ningún buque que en el momento de
publicarse la resolución se encuentre en situación de superación de las cuotas
asignadas, para los stocks y buques que se encuentren en esta situación.
La distribución se ha realizado conforme a lo indicado en el apartado 3, artículo 4 de
la Orden APA/441/2023, de 24 de abril y está recogida en el anexo I de la presente
resolución.
Tercero.
Establecer en el anexo II los buques excluidos y los motivos de la exclusión.
Cuarto.
Los participantes en la campaña deberán remitir un informe con los resultados
obtenidos de las campañas a la Dirección General de Pesca Sostenible o, en el caso de
los proyectos que impliquen la instalación de cámaras para observación de cetáceos,
podrán enviar una relación de los datos brutos o un informe de visualización de los
mismos.
Quinto.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Sexto.
Esta resolución surte efectos desde el momento de su publicación y será de
aplicación para toda la campaña de 2024.
Madrid, 23 de abril de 2024.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.
ANEXO I
Listado de buques y distribución anual del porcentaje de capturas para fines
científicos
Captura científica para el año 2024 para cada buque que participa en campañas
científicas voluntarias (kg)
Captura científica para el año 2024 de cada buque que participa en campañas realizadas según lo
dispuesto en el artículo 3.3 de la Orden APA/1200/2020, de 16 de diciembre

CFR

Buque autorizado

23062

AKETXE.

27008

ALBELO PRIMERO.

26025

ANXUELA.

26816

BALEIRO PRIMERO.

ANF/
8C3411

HKE/
571214

HKE/
8ABDE

HKE/
8C3411

LEZ/
8C3411

47.679
9.611

3.008

12.399

3.079
36.740

3.527

MAC/
8C3411

NEP/
8CU31

SBR/
678-

WHB/
8C3411

15.452

66.498

154.915

327.905

cve: BOE-A-2024-8594
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Tabla 1.