III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-8597)
Resolución de 18 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Modernización de regadíos del sector I de la zona regable del Canal de San José (Zamora)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 29 de abril de 2024

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Por otra parte, el tramo del río donde se ubicará la toma de riego está dentro de la
Zona de Especial Protección «Duero aguas arriba de Zamora» (6100047), designada por
su hidromorfología de meandros, encontrándose el más acentuado al norte de Villaralbo.
La ubicación propuesta para la toma está lejos de la zona principal de desarrollo del
meandro en la zona norte del Monte de Utilidad Pública número 147 de «San Lorenzo y
Cima», donde se pueden localizar los canales de crecida, la llanura de inundación y zona
de terrazas bajas. El promotor considera que la ubicación de la toma no tendrá un
impacto significativo sobre el nivel del agua en el azud y por lo tanto tampoco tendrá
impacto sobre la zona de especial protección.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León manifiesta que a pesar de la coincidencia parcial de las actuaciones previstas con
la Red Natura 2000, cumpliendo las medidas preventivas y correctoras recogidas en el
estudio no prevé que pueda causarse un perjuicio a la integridad de la ZEC Riberas del
río Duero y afluentes, mostrándose favorable a su ejecución.
Sin embargo, tras el análisis técnico del expediente y la revisión del Plan de Gestión
de la ZEC ES4170083, se ha apreciado que determinadas especies de interés
comunitario consideradas clave en este espacio de la Red Natura 2000 sí podrían verse
afectadas por el proyecto si no se toman medidas adicionales de protección.
De una parte, el apartado de fauna del estudio señala que los taxones más relevantes
son la bermejuela (Achondrostoma arcasii) y la boga del Duero (Pseudochondrostoma
duriense), cuya presencia determina el momento temporal adecuado para la ejecución de
la obra de toma. Estas especies autóctonas están incluidas en el Anexo II de la Directiva
de Hábitats, y el Plan básico de gestión y conservación del espacio protegido ZEC riberas
del Duero y afluentes las recoge como valores del espacio Red Natura 2000 cuya
conservación es prioritaria. Sin embargo, el estudio no considera cómo afectará a la fauna
acuática el mantenimiento por tiempo indefinido del Azud de Villaralbo para mantener la
nueva toma de agua del Sector I, más allá del tiempo por el que este azud sea necesario
para el aprovechamiento hidroeléctrico de Nuestra Señora de las Mercedes cuya
concesión tiene una vigencia que finaliza en 2034, teniendo en cuenta que dicho azud
presenta un índice de franqueabilidad de cero, resultando en consecuencia infranqueable
e impidiendo el movimiento a su través de las especies de peces objeto de protección en
la ZEC.
Por este motivo, este órgano ambiental solicitó al promotor información adicional
analizando en detalle el impacto de la alternativa elegida sobre la biodiversidad, y
concretamente sobre los peces, anfibios, reptiles y mamíferos acuáticos, por el efecto
barrera al movimiento aguas abajo y arriba en la presa cuya permanencia va a ser
necesaria para la nueva captación requerida por la alternativa 3 elegida. En respuesta, el
promotor señala que el análisis realizado en el estudio es adecuado, y se limita a remitir
nuevamente el informe al estudio de impacto de la Dirección General de Patrimonio
Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León que ya obraba en el expediente,
sin aportar la información complementaria solicitada.
El carácter infranqueable del azud de Villaralbo para los peces ya fue indicado por la
Confederación Hidrográfica del Duero en su informe del 21 de marzo de 2021 y
confirmado en su informe complementario. Consultado el Plan de Gestión de la «ZEC
riberas del Duero y afluentes», se comprueba que éste señala, entre las principales
presiones y amenazas a que dicho espacio está sometido, que en el tramo inferior del
Duero donde se localiza el proyecto, la falta de conectividad longitudinal, a la que se
añade la falta de conectividad ecológica lateral del cauce con la vega fluvial, debido a las
concentraciones parcelarias orientadas al regadío que han ocupado en gran medida las
llanuras de inundación apoyándose en obras hidráulicas de encauzamiento, y que han
mermado la capacidad de desarrollo lateral del cauce en aguas altas. De acuerdo con
las presiones detectadas, determina que se debe mantener y mejorar la conectividad
longitudinal a través del bosque de galería del río y aumentar la conectividad transversal
en relación con las manchas de bosques naturales, buscando además un equilibrio entre
las presiones y su capacidad de respuesta ecológica. El Plan incluye entre las especies

cve: BOE-A-2024-8597
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Núm. 104