III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-8597)
Resolución de 18 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Modernización de regadíos del sector I de la zona regable del Canal de San José (Zamora)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 29 de abril de 2024

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medida se incluye en el apartado de condiciones sobre espacios protegidos y Red
Natura 2000 de esta resolución.
Por último, cabe señalar que el estudio menciona algunas medidas para la protección
del agua y el dominio público hidráulico que en realidad son recomendaciones, para las
que el condicionado de la presente resolución establece su carácter obligatorio.
b.3 Aire, factores climáticos, cambio climático. Las obras podrían producir un
incremento puntual del ruido y de emisiones y partículas en suspensión a la atmósfera por
la circulación de vehículos y maquinaria, frente a las que el estudio incluye buenas
prácticas adecuadas para mitigar estos impactos.
El proyecto incluye la construcción de una planta fotovoltaica para reducir el
consumo de energía de la red necesario para el funcionamiento de la estación de
bombeo, que por este motivo provocará emisiones indirectas en cuantía variable en
función del mix energético, impacto que se reduce con la planta fotovoltaica. El promotor
no indica si la planta solar requerirá alumbrado nocturno exterior, lo que puede provocar
impactos sobre la fauna de la adyacente ZEC Riberas del Duero y afluentes, por lo que
se incluye una condición para evitar esta afección.
En lo relativo a los impactos provocados sobre la capacidad de adaptación al cambio
climático de los ecosistemas acuáticos y resto de usos, se solicitó al promotor un
balance de agua con el proyecto que además contemple el efecto del cambio climático
sobre el recurso, de acuerdo con el estudio «Evaluación del impacto del cambio climático
en los recursos hídricos y sequías en España» realizado por el CEDEX en 2017. Del
balance de agua para los escenarios solicitados el promotor deduce que el proyecto
mejorará la capacidad de adaptación al cambio climático del ecosistema acuático y del
resto de usos del agua de la cuenca. Según indica, para el horizonte temporal 2040-2070
se prevé un incremento medio de la evapotranspiración anual de la zona afectada de
entre el 5 y el 10 %, y una reducción media de las precipitaciones entre el 10 y el 13 %
durante la campaña de riego. La mejora en la aplicación del agua en parcela mediante
riegos de precisión permitirá un ahorro importante en el volumen necesario de agua.
Con respecto a esta afirmación, cabe remarcar que el proyecto sólo tendrá un
impacto positivo sobre la capacidad de adaptación al cambio climático del ecosistema
acuático y resto de usos del agua si realmente provoca una reducción efectiva y notable
del volumen de agua consumido por la zona regable, lo que refuerza la necesidad de las
condiciones incluidas en esta resolución para materializar una reducción real, efectiva y
medible en la presión por extracciones.
b.4 Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario. El estudio indica que,
durante las obras, el despeje y desbroce producirá un impacto por la alteración,
degradación y eliminación de la comunidad vegetal y hábitats, pero el proyecto se ha
diseñado reduciendo al máximo la afección a vegetación natural y cultivos. Se balizarán
las zonas arboladas y se protegerán los ejemplares de árboles adultos que se
encuentren en la superficie regable. En caso de que finalmente fuera necesaria la
eliminación de arbolado, se informará previamente al Servicio Territorial de Medio
Ambiente en Zamora. Se considera de especial importancia el mantenimiento de la
vegetación de ribera en las zonas próximas al río Duero y al arroyo Valdebufo. El estudio
no señala presencia de especies de flora amenazada en la zona de actuación. También
prevé la afección puntual del HIC 92A0 «Bosques de galería de Salix alba y Populus
alba» que por ser objeto de conservación de un espacio de la Red Natura 2000, se
describe en el apartado 3.2.6. Durante la fase de explotación no se prevén impactos
sobre la flora silvestre, mientras que para los cultivos se propone el cumplimiento de las
medidas de Buenas Prácticas Agrícolas y evitar la quema de matorral y residuos de
cosechas.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León manifiesta que dentro del ámbito de actuación existen referencias sobre flora
incluida en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León. En concreto, se trata de
dos especies catalogadas «de atención preferente», Salicornia ramosissima J. Woods y
Butomus umbellatus L, pero considera improbable su presencia y afección en el ámbito

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Núm. 104