I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Organización. (BOE-A-2024-8477)
Real Decreto 364/2024, de 9 de abril, por el que se crea la Comisión Interministerial para la incorporación de criterios de innovación en la contratación pública y se regula el Plan para la Innovación en la Contratación Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Sábado 27 de abril de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
Real Decreto 364/2024, de 9 de abril, por el que se crea la Comisión
Interministerial para la incorporación de criterios de innovación en la
contratación pública y se regula el Plan para la Innovación en la Contratación
Pública.

España tiene una responsabilidad conjunta, inmediata y solidaria con las próximas
generaciones: invertir en ciencia e innovación con el firme propósito de alcanzar un
mayor progreso social y económico.
La contratación pública para la adquisición de bienes, obras y servicios
innovadores desempeña un papel crucial en la mejora de la eficiencia y la calidad de
los servicios públicos, al tiempo que es un importante instrumento para dar
respuesta a desafíos fundamentales para la sociedad. El propio Consejo de la Unión
Europea ha fijado ya directrices políticas de primer nivel en el documento
«Conclusiones del Consejo: inversión pública a través de la contratación pública:
recuperación sostenible y reactivación de una economía de la UE
resiliente (2020/C 412I/01)».
El conocimiento y la innovación son factores críticos y decisivos para garantizar
el crecimiento económico e impulsar la competitividad y la productividad de un país y
afrontar la transición ecológica justa y la digitalización. Cerrar el círculo entre la
investigación, la innovación y la transferencia del conocimiento es prioritario para
una agenda de reformas que consolide un futuro próspero para la sociedad
española.
La innovación, así como su fomento activo por parte de las administraciones
públicas, ha sido incorporada en las directivas europeas de contratos públicos,
aprobadas el 26 de febrero de 2014, como una nueva política pública, al mismo nivel
que la social y medioambiental, que debe promoverse a través de los instrumentos
contractuales. El considerando número 47 de la Directiva 2014/24/UE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación
pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE, expresa que los poderes
públicos deben hacer la mejor utilización estratégica posible de la contratación
pública para fomentar la innovación, por considerarse uno de los principales motores
del crecimiento futuro.
Así, la investigación y la innovación, incluidas la innovación ecológica y la social, se
encuentran entre los principales motores del crecimiento futuro.
Los poderes públicos, prescribe la Unión Europea, deben hacer la mejor
utilización estratégica posible de la contratación pública para fomentar la innovación.
La adquisición de bienes, obras y servicios innovadores desempeña un papel clave
en el diseño y puesta en marcha de políticas públicas y en la mejora de la eficiencia
y la calidad de la prestación de los servicios públicos, al mismo tiempo que responde
a desafíos fundamentales para la sociedad, contribuyendo a obtener la mejor
relación calidad-precio en las inversiones públicas, así como amplias ventajas
económicas, medioambientales y sociales, al generar nuevas ideas, plasmarlas en
productos y servicios innovadores y, de este modo, fomentar un crecimiento
económico inteligente, sostenible e inclusivo.
Esta misma directiva incorpora, en su artículo 1.22, un «concepto legal» de
innovación, que debe utilizarse «a efectos de la aplicación de la normativa sobre
contratos públicos». De este modo, se entiende por innovación: «Introducción de un

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