III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA. Premios. (BOE-A-2024-8468)
Resolución de 16 de abril de 2024, del Instituto de la Juventud, por la que se convocan los Premios Nacionales de Juventud para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102

Viernes 26 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA
8468

Resolución de 16 de abril de 2024, del Instituto de la Juventud, por la que se
convocan los Premios Nacionales de Juventud para el año 2024.

Publicadas mediante Orden SCB/960/2018, de 10 de septiembre (BOE de 19 de
septiembre de 2018) las bases reguladoras para la concesión de los Premios Nacionales
de Juventud y de acuerdo con los principios de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público, se hace preciso adoptar la presente convocatoria,
que desarrolla el procedimiento para la concesión de los Premios Nacionales de
Juventud durante el ejercicio económico 2024.
El Real Decreto 486/2005, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del
organismo autónomo Instituto de la Juventud, determina que entre las funciones que
tiene atribuidas figura la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo
político, social, económico y cultural de España, así como la promoción cultural de la
juventud.
Por su parte, el Real Decreto 211/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura básica del Ministerio de Juventud e Infancia, dispone en su artículo 2.6 que el
Instituto de la Juventud queda adscrito al Departamento a través de la Secretaría de
Estado de Juventud e Infancia, con la naturaleza jurídica, estructura, funciones y
competencias que prevé su normativa específica.
Los Premios Nacionales de Juventud están dirigidos a estimular y reconocer el
esfuerzo y el compromiso de aquellos jóvenes que hayan desarrollado una labor
relevante en distintos ámbitos de la sociedad y serán regulados, convocados y
gestionados de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad,
igualdad y no discriminación.
La presentación de las candidaturas se llevará a cabo por entidades públicas o
privadas relacionadas con el objeto de los premios, por lo que, al no mediar solicitud
previa del interesado, estos premios están excluidos del ámbito de aplicación de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tal como dispone su
artículo 4.a).
En virtud de lo expuesto, se dicta esta resolución de conformidad con lo dispuesto en
la Orden SCB/960/2018, de 10 de septiembre:
Primero.

Naturaleza y significación de los premios.

Los Premios Nacionales de Juventud suponen un reconocimiento a la labor
desarrollada por los jóvenes, cuya finalidad es la de estimular y reconocer la trayectoria y
esfuerzo de aquellos jóvenes que, por su dedicación en su trabajo y su implicación
personal, ponen de manifiesto su compromiso en distintos ámbitos de la sociedad.
Categorías.

Se concederá un único premio en cada una de las categorías recogidas en el
artículo 1 de la Orden SCB/960/2018, de 10 de septiembre, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de los Premios Nacionales de Juventud:
a) Compromiso social. Reconocimiento a la labor desarrollada en el ámbito social y
el voluntariado.
b) Cultura. Reconocimiento a la utilización de disciplinas artísticas para transmitir
valores.

cve: BOE-A-2024-8468
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.