III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-8459)
Resolución de 15 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de ES Planta Solar 3, SL, de autorización administrativa previa del parque solar fotovoltaico Navajo, de 86,4 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Guadalajara.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102

Viernes 26 de abril de 2024

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de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos que deben presentar
informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 22 de noviembre de 2021, Es Planta Solar 3, SL, modifica el proyecto
debido a: un cambio en la localización de la planta solar fotovoltaica Navajo,
trasladándose desde el término municipal de Galápagos al término municipal de
Fontanar, en la provincia de Guadalajara; y la eliminación de la línea aérea 220 kV
empleada para la evacuación, sustituyéndola por un nuevo trazado en las proximidades
de la nueva planta de producción.
Tras la modificación citada, las infraestructuras definidas para la evacuación de la
producción eléctrica se emplazan también en el municipio de Fontanar, y son las
siguientes: línea de media tensión 30 kV que conecta el centro de seccionamiento de la
planta con la subestación eléctrica transformadora Navajo 30/220 kV; subestación
eléctrica transformadora Navajo 30/220 kV; y línea aérea de alta tensión a 220 kV que
conecta la subestación eléctrica transformadora Navajo 30/220 kV con el apoyo 337 de
la línea a 220 kV entre la SET Yunquera y la SET Cisneros (REE). El resto de la
infraestructura de evacuación hasta la red de transporte continúa recogida en el
expediente PFot-330 AC.
Con fecha 6 de octubre de 2022, se recibe el informe definitivo y el expediente de
tramitación de la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Guadalajara.
Cuarto.

Evaluación de impacto ambiental practicada.

Con fecha 19 de agosto de 2022 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 23 de
diciembre de 2022, resolución por la que formula declaración de impacto ambiental
favorable para el parque solar fotovoltaico Navajo y su infraestructura de evacuación
asociada, en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas
preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental
practicada, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 2 de 3 de enero de 2023.
La citada resolución se encuentra disponible en el siguiente enlace:

Con fecha 18 de enero de 2023, la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental emite resolución por la que formula declaración de impacto ambiental
desfavorable para los parques solares fotovoltaicos Caravón Solar, de 70 MWp, Chapina
Solar, de 70 MWp, Formentor Solar, de 69 MWp y Nortada Solar, de 70 MWp, y su
infraestructura de evacuación asociada, cuyo código de tramitación en la AGE es el
SGEE/PFot-330 AC, concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará impactos
adversos significativos sobre el medio ambiente, sin que las medidas de prevención,
corrección y compensación previstas por el promotor constituyan una garantía suficiente
para la adecuada protección del medio ambiente (en adelante, Declaración de Impacto
Ambiental desfavorable). Este expediente incluye la infraestructura común de evacuación
que posibilitaba el vertido de energía por parte de Navajo en la red de transporte. Dicha
resolución se publica en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 29, de 3 de febrero
de 2023.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-2904

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