III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-8440)
Resolución de 10 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad accidental de Valverde del Camino, por la que se suspende la tramitación de un expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, la inscripción de la rectificación de la descripción de la finca y de su georreferenciación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 26 de abril de 2024

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Fundamentos de Derecho:
Artículo 199 Ley hipotecaria, apartado primero, párrafo 4: “El Registrador denegará la
inscripción de la identificación gráfica de la finca, si la misma coincidiera en todo o parte
con otra base gráfica inscrita o con el dominio público, circunstancia que será
comunicada a la Administración titular del inmueble afectado. En los demás casos, y la
vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente según su
prudente criterio, sin que la mera oposición de quien no haya acreditado ser titular
registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción. La calificación negativa podrá ser
recurrida conforme a las normas generales”.
Se prorroga el asiento de presentación por un plazo de sesenta días contados desde
la fecha de la última notificación, de conformidad con el artículo 323 de la Ley
Hipotecaria. No se toma anotación preventiva de suspensión por no haberse solicitado.
Contra la presente nota cabe (…) Fdo.: Don Silvestre Magriz Tascón El Registrador
Accidental. Firmado electrónicamente Este documento ha sido firmado con firma
electrónica cualificada por Silvestre Magriz Tascón registrador/a de Registro Propiedad
de Herrera del Duque-Puebla de Alcocer [sic] a día trece de diciembre del dos mil
veintitrés.»
III
Contra la anterior nota de calificación, don P. A. H., doña J. V. G., don E. A. H. y doña
A. M. F. G. interpusieron recurso el día 23 de enero de 2024 mediante escrito en el que
se alegaban lo siguiente:
«Primero.–Que mediante instancia suscrita el día dos de noviembre de dos mil
veintitrés, con firma legitimada por el Notario de Valverde del Camino, Doña Blanca
Fernández-Arroyo Yáñez, y presentada ante el Registro de la Propiedad de Valverde del
Camino, con fecha de nueve de noviembre de dos mil veintitrés, Asiento 516 del
Diario 81, se solicita la inscripción de la representación gráfica alternativa a la catastral y
consiguiente rectificación de su descripción literaria en cuanto a la registral número 6.018
del término de Calañas.
Segundo.–Como punto de partida, se hace constar que los señores recurrentes son
dueños en pleno dominio por mitad e iguales partes indivisas para sus respectivas
sociedades conyugales, de la siguiente finca rústica, que se describe conforme a su
previa descripción registral:
Rústica.–Suerte de tierra, de secano e indivisible, al sitio “(…)”, con eucaliptus, olivos
y terreno improductivo, en el término municipal de Calañas, provincia de Huelva, con una
extensión superficial aproximada de dos hectáreas y veinticinco áreas (22.500 m/2).
Linda, al Norte, con Camino (…); Sur, con la parcela 76 del polígono 28, propiedad
de Don P. A. M.; Este, con el Camino (…) y con la misma parcela 76 del polígono 28,
propiedad de Don P. A. M., y al Oeste con la parcela 78 del polígono 28 propiedad de
Don A. S. R.
Dicha finca fue adquirida por los señores comparecientes para sus sociedades
conyugales por mitad e iguales partes indivisas, por compra a Doña D. C. R., en virtud
de escritura otorgada en Valverde del Camino, ante el Notario Don Víctor-Manuel Arrabal
Montero, el día seis de abril de dos mil uno, con el número 568 de protocolo.
Inscripción: En el Registro de la Propiedad de Valverde del Camino, al Tomo 692 del
Archivo General; Libro 63 de Calañas, Folio 177; Finca número 6.018, Inscripción 1.ª
Tercero.–A los efectos de proceder a su adecuación de cabida a la realidad física de
la finca rústica, por parte de sus propietarios se solicitó a la empresa Topomin, SL,
informe de medición de la finca resultando la misma con una superficie de 30.902,27
metros cuadrados.

cve: BOE-A-2024-8440
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Núm. 102