III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Hidrocarburos. Concesiones de explotación. (BOE-A-2024-8455)
Orden TED/371/2024, de 18 de abril, por la que se acuerda dar inicio al procedimiento de ejecución subsidiaria del plan de abandono definitivo de la concesión de explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos denominada "Lora".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102

Viernes 26 de abril de 2024

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remanentes afectas a la concesión de explotación de hidrocarburos «Lora», en
aplicación de lo establecido en el Real Decreto 54/2017, de 27 de enero, por el que se
deniega la solicitud de prórroga de la concesión de explotación de hidrocarburos líquidos
y gaseosos denominada «Lora» (Burgos), como consecuencia del incumplimiento por
parte de la concesionaria de sus obligaciones en relación con el abandono y
desmantelamiento definitivo del campo.
A estos efectos, el apercibimiento se ha realizado en dos ocasiones por medio del
requerimiento de 19 de enero de 2022, de la Dirección General de Política Energética
y Minas, así como por medio de la Orden TED/998/2022, de 14 de septiembre, por la
que se extingue la concesión de explotación de hidrocarburos denominada «Lora»,
otorgada por el Decreto 3311/1966, de 29 de diciembre.
Segundo.

Actuaciones para la realización de las tareas de abandono.

Efectuar urgentemente las actuaciones requeridas para el diagnóstico del estado
actual de las instalaciones afectas a la concesión, la actualización del Plan de abandono
y las tareas necesarias para la ejecución del anterior, todo ello a costa del obligado, con
el fin de proceder al abandono y desmantelamiento definitivo de las instalaciones de la
concesión de explotación de hidrocarburos «Lora» tras el fin de su vida útil.
Tercero. Eficacia.
Esta orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el
día siguiente al de su notificación, o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición en el plazo de un mes desde su notificación a los
interesados ante el mismo órgano que lo dictó.

cve: BOE-A-2024-8455
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 18 de abril de 2024.–La Vicepresidenta Tercera y Ministra para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, P. D. (Orden TED/533/2021, de 20 de mayo),
la Secretaria de Estado de Energía, Sara Aagesen Muñoz.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X