III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Normas Técnicas de Auditoría. (BOE-A-2024-8358)
Resolución de 11 de abril de 2024, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la actualización de las Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España (NIA-ES), las Normas de Control de Calidad Interno, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Gestión de Calidad 1 y 2 para su aplicación en España (NIGC 1-ES y NIGC 2-ES) y el Glosario de Términos, resultado de la adaptación del publicado junto con estas Normas Internacionales para su aplicación en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Jueves 25 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 46605

OBJETIVOS GLOBALES DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Y REALIZACIÓN DE LA AUDITORÍA DE
CONFORMIDAD CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA

(iii) acceso ilimitado a las personas de la entidad de las cuales el auditor considere
necesario obtener evidencia de auditoría.
A3.

La preparación de los estados financieros por la dirección y, cuando proceda, por los
responsables del gobierno de la entidad requiere:


La identificación del marco de información financiera aplicable, según las
disposiciones legales o reglamentarias aplicables.



La preparación de los estados financieros de conformidad con dicho marco.



La inclusión de una descripción adecuada de dicho marco en los estados financieros.

La preparación de los estados financieros requiere que la dirección ejerza un juicio para
realizar estimaciones contables razonables teniendo en cuenta las circunstancias, y que
elija y aplique políticas contables adecuadas. Estos juicios se realizan en el contexto del
marco de información financiera aplicable.

A5.

Los estados financieros pueden estar preparados de conformidad con un marco de
información financiera diseñado para satisfacer:


las necesidades comunes de información financiera de un amplio espectro de
usuarios (es decir, “estados financieros con fines generales”); o



las necesidades de información financiera de unos usuarios específicos (es decir,
“estados financieros con fines específicos”).

El marco de información financiera aplicable a menudo comprende normas de
información financiera establecidas por un organismo emisor de normas autorizado o
reconocido, o por requerimientos legales o reglamentarios. En algunos casos, el marco de
información financiera puede comprender a la vez normas de información financiera
establecidas por un organismo emisor de normas autorizado o reconocido y por
requerimientos legales o reglamentarios. Otras fuentes pueden proporcionar directrices
sobre la aplicación del marco de información financiera aplicable. En algunos casos, el
marco de información financiera aplicable puede englobar dichas otras fuentes o puede
incluso consistir únicamente en tales fuentes. Dichas otras fuentes pueden incluir:


el entorno legal y ético, incluida la normativa, las decisiones judiciales y las
obligaciones de ética profesional en relación con cuestiones contables;



interpretaciones contables publicadas, de diferente rango, emitidas por organismos
emisores de normas, por organismos reguladores o por organizaciones profesionales;



opiniones publicadas, de diferente rango, sobre cuestiones contables emergentes,
emitidas por organismos emisores de normas, por organismos reguladores o por
organizaciones profesionales;



prácticas generales y sectoriales ampliamente reconocidas y extendidas; y



publicaciones contables.

Cuando existen conflictos entre el marco de información financiera y las fuentes de las
que se pueden obtener directrices sobre su aplicación, o entre las distintas fuentes que
componen el marco de información financiera, prevalece la fuente con mayor rango
normativo.
A6.

Los requerimientos del marco de información financiera aplicable determinan la
estructura y el contenido de los estados financieros. Aunque es posible que el marco no
especifique el modo de contabilizar o de revelar todas las transacciones o los hechos,

cve: BOE-A-2024-8358
Verificable en https://www.boe.es

A4.