III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-8270)
Resolución de 19 de abril de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Sociedad Española de Ornitología, para el seguimiento y evaluación del efecto de la Política Agraria Común sobre la conservación de las aves y sus hábitats.
9 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 46120

Para ello, la Sociedad podrá cooperar con los Organismos del Estado, Comunidades
Autónomas, Ayuntamientos y otras entidades y organizaciones de ámbito nacional o
internacional.
SEO/BirdLife tiene su sede central en Madrid, pero cuenta con delegaciones
territoriales en Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Cataluña, la
Comunidad Valenciana, Extremadura y el País Vasco.
III. La Política Agraria Común (en adelante PAC) que debe ser implementada en el
periodo 2023-2027 se encuentra regulada, entre otras reglamentaciones, por el
Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre
de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes
estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agraria
común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola
de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el
que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013.
Uno de los ejes fundamentales de la PAC lo constituye la puesta en funcionamiento
de un amplio conjunto de intervenciones encaminadas a contribuir a sus objetivos
generales, que son: fomentar un sector agrícola inteligente, competitivo, resiliente y
diversificado que garantice la seguridad alimentaria a largo plazo; apoyar y reforzar la
protección del medio ambiente, incluida la biodiversidad, y la acción por el clima y
contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y climáticos de la Unión, entre ellos
los compromisos contraídos en virtud del Acuerdo de París; y fortalecer el tejido
socioeconómico de las zonas rurales.
Estos objetivos generales se desarrollan en una serie de objetivos específicos cuya
consecución se evaluará según el conjunto de indicadores comunes relacionados con el
contexto, la realización, los resultados y el impacto de las intervenciones ejecutadas.
IV. Bajo la responsabilidad compartida entre cada Estado miembro y la Comisión
Europea, ha de elaborarse un marco de rendimiento que permitirá la presentación de
informes para el seguimiento y la evaluación del rendimiento del Plan Estratégico de la
PAC (PEPAC) durante su aplicación.
A estos efectos, y según dispone el artículo 131 del Reglamento (UE) 2021/2115 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, «Los Estados miembros
velarán por que se establezcan fuentes de datos exhaustivas, oportunas y fiables para
permitir un seguimiento efectivo del progreso de las políticas hacia los objetivos
utilizando indicadores de realizaciones, de resultados y de impacto». Estas fuentes de
datos deben también contribuir, por extensión, a la generación de conocimiento y análisis
de información en relación con todo el PEPAC.
Este nuevo sistema de evaluación y seguimiento de la PAC permitirá hacer un uso
más eficiente del presupuesto, ligando la concesión de las ayudas al cumplimiento de
objetivos.
V. En el ejercicio de sus competencias, el CSIC ha firmado un convenio con el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) con fecha de validación 26 de
septiembre de 2022 para el Seguimiento y Evaluación con Base Científica del Plan
Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 de España. De esta función de
seguimiento y evaluación del PEPAC deriva consecuentemente una toma de decisiones
científicas de excelencia, que el CSIC como el OPI de la Administración General del
Estado, debe aportar al convenio.
VI. Del convenio firmado entre el CSIC y el MAPA se deriva la aportación al CSIC
de cien mil euros (100.000 €) que será puesta a disposición del presente convenio por
parte del CSIC para su financiación. Este compromiso económico asumido por el CSIC y
derivado del mencionado convenio previo existente supondrá la imputación con cargo a
la aplicación presupuestaria 484 del programa 463A.
VII. Por todo ello, la colaboración entre CSIC y SEO/BirdLife permitirá alcanzar
objetivos específicos que se detallan más adelante, de interés para ambas partes, y
permitirá ampliar y actualizar la información y la base del conocimiento sobre aspectos

cve: BOE-A-2024-8270
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 100