III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Aviación civil. (BOE-A-2024-8254)
Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se emite exención relativa a la posibilidad de inclusión de aeronaves matriculadas en un tercer país en un Certificado de Operador Especial para la realización de operaciones de extinción de incendios, bajo determinadas condiciones.
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Núm. 100

Miércoles 24 de abril de 2024

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– El equivalente al 25 % de su flota a partir de 9 aeronaves en total en el COE.
Excepcionalmente, ante necesidades operativas urgentes que no sea posible atender de
otro modo AESA podrá autorizar el incremento de este porcentaje hasta el 40 %.
4. Que la aeronave este equipada conforme a este Real Decreto.
5. Los pilotos deberán estar en posesión de una licencia expedida o convalidada
por el Estado de matrícula de la aeronave de acuerdo con el Anexo I al Convenio sobre
Aviación Civil Internacional, con las anotaciones y habilitaciones pertinentes.
Segundo.

Vigencia.

La exención indicada en el apartado anterior se concede única y exclusivamente en
las condiciones establecidas y hasta el 31 de octubre de 2026.
Tercero.

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Esta resolución deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página
web de AESA.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la publicación de este acto, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la
Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o
alternativamente, recurso potestativo de reposición ante la Directora de AESA, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un
mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución.

cve: BOE-A-2024-8254
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 16 de abril de 2024.–La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea,
Montserrat Mestres Domenech.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X