II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-8231)
Resolución de 12 de abril de 2024, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo, Grupos II y III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 45882

discapacidad. En caso afirmativo, adaptación que se solicita y motivo de la misma.
Indicar según el caso y reseñar, asimismo la Comunidad Autónoma responsable del
reconocimiento de la discapacidad.
– Datos a consignar según la convocatoria:
● Recuadro A: Indique la administración competente responsable de la expedición
del título acreditativo de familia numerosa, la categoría de la misma (general o especial)
y el número de identificación del título.
● Recuadro B: Si tiene reconocida la condición de «víctima del terrorismo», indicar «VT».
● Recuadro C: Si posee la condición de discapacitado/a por causa de ser
pensionista de la Seguridad Social con reconocimiento de una pensión de incapacidad
permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionista de clases
pasivas con reconocimiento de una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad
permanente para el servicio o inutilidad, indicar, según el caso, «DIS SS» o «DIS CP»,
respectivamente. (Se deberá adjuntar a la instancia de participación, copia de la
resolución que acredite tal situación).
3.5 El Servicio de Gestión de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y
Servicios solicitará la verificación de la condición de discapacidad de las personas
aspirantes presentadas al proceso selectivo y, en caso positivo, solicitará informe técnico
a los órganos competentes en materia de Servicios Sociales sobre la necesidad o no de
la adaptación solicitada por las personas aspirantes admitidas para la realización de la
prueba selectiva.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del/de la interesado/a.
3.7 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante
escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.1 para la presentación de
solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.8 El pago se realizará exclusivamente de forma electrónica, a través de la Sede
Electrónica de la Universidad de Valladolid, según el procedimiento establecido en
la base 3.3. De conformidad con lo establecido en el Presupuesto de la Universidad de
Valladolid aprobado por Resolución del Rectorado de 18 de marzo de 2024, por la que se
acuerda la publicación de su Presupuesto para el ejercicio económico 2024,
BOCyL núm. 59, de 22 de marzo de 2024, los derechos de examen serán de 32 euros
para el acceso a las plazas del grupo II y de 20 euros para las pertenecientes al grupo III.
En ningún caso, el abono de los derechos para participar en el proceso selectivo
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud
según lo expresado en la presente base. La omisión del pago de los derechos de
examen para participar en el proceso selectivo dentro del plazo de presentación de
solicitudes determinará la exclusión definitiva de la persona aspirante. No obstante,
podrá subsanarse el pago incompleto de dicha tasa o la falta de acreditación de su
exención total o parcial.
No procederá la devolución de los derechos de examen en el supuesto de
inasistencia a los ejercicios.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 12/2001, de 20 de
diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, no
procederá devolución alguna de la Tasa por derechos de participación en el proceso
selectivo en los supuestos de exclusión definitiva de las pruebas selectivas por causa
imputable al/ a la interesado/a.
Las personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento estarán
exentas de las correspondientes tasas de participación en el proceso selectivo.
Las víctimas del terrorismo, que tengan reconocida tal condición de conformidad con
lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a
las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, estarán exentas de las correspondientes

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Núm. 100