III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-8260)
Resolución de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Activa y Servicios Mantenimientos Integrales, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Miércoles 24 de abril de 2024

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Estatuto de los Trabajadores. Cuando existan indicios de uso ilícito o abusivo por parte
de los empleados de cualquiera de los recursos informáticos puestos por el empleador
su disposición –acceso a internet, móvil, correo electrónico, ordenador, etc.– la empresa
realizará las comprobaciones oportunas y, si fuera preciso, realizará una auditoría en el
ordenador asignado al empleado o en los sistemas que ofrecen el servicio, que se
efectuará en horario laboral y en presencia de algún representante de los trabajadores o
de la organización sindical que proceda, en caso de afiliación, si los empleados lo desea,
con respeto a la dignidad e intimidad de los empleados.
Artículo. 13 Clasificación profesional.
Los grupos profesionales consignados en el presente convenio son meramente
enunciativos, no limitativos y no suponen la obligación de tener cubiertos todos los
grupos enumerados si la necesidad y el volumen de la Empresa no lo requiere.
Todos los empleados estarán obligado a ejecutar cuantos trabajos y operaciones le
ordenen sus superiores, dentro de los cometidos propios de su competencia profesional,
y sin menoscabo de su dignidad profesional, todo ello en consonancia con la evolución
del sector de las actividades en la asignación de nuevas actividades, tareas o funciones
dentro de los respectivos grupos profesionales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 39 del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores, las Empresas podrán encomendar a los trabajadores
cuales quiera funciones y/o actividades de las contempladas dentro del grupo profesional
en el que se encuentren encuadrados.
Artículo. 14. Grupos Profesionales.
I.

Grupo Profesional.

– Actividades de manipulación, carga y descarga, y reposición de mercancías
realizadas manualmente o mediante máquinas de manejo sencillo –carretillas,
transpaletas, etc.–.
– Actividades (realizadas dentro y fuera de las instalaciones donde se presten
servicios) de entrega y recogida de documentación, gestión y clasificación de paquetería,
y tramitación de documentación ante organismos y entidades.
– Control de existencias en almacenes y almacenamiento de todo tipo de
mercancías excluidas las actividades sometidas a legislación especial.
– Actividades que consistan en efectuar recados, transporte interno, manual y similar.
– Trabajos de recepción, conserjería, listeria, orden, control.
– Toma de lectura de los contadores de luz, gas, electricidad de los clientes,
utilizando medios manuales o mecánicos (Lector de contadores).
– Actividades propias de peón, aprendiz, etc., esto es tareas concretas que no
supongan un trabajo calificado de oficio o que, bajo la inmediata dependencia de un
superior colabore en funciones propias de este bajo su responsabilidad.
– Actividades y tareas de conservación y mantenimiento de las instalaciones,
establecimientos, locales, pisos; servicios de higienización, pequeñas reparaciones de
electricidad, de fontanería, de albañilería, de cerrajería o pintura; recepción y
direccionamiento de visitas, atención y cuidado de centralitas telefónicas; gestión y cobros
en aparcamientos, cines, teatros u otros establecimientos públicos; tenencia y uso de llaves.

cve: BOE-A-2024-8260
Verificable en https://www.boe.es

Criterios Generales: Se incluyen las tareas que se realizan con un alto grado de
dependencia y supervisión necesitando preferentemente esfuerzo físico.
Formación: La formación para este grupo profesional es de carácter básico, sin
formación profesional específica reglada necesaria. Se necesita un adiestramiento en el
puesto de trabajo y en los procesos, pero siempre de carácter poco complejo. La
titulación, de darse, será equivalente a Graduado Escolar o similar.
Actividades y tareas: En este nivel profesional, se incluyen las siguientes actividades
y tareas a título enunciativo y no limitativo: