I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-8194)
Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Miércoles 24 de abril de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
8194

Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.

El Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, modificado por los Reales Decretos 890/2023, de 27 de
noviembre, y 1230/2023, de 29 de diciembre, crea el Ministerio de Economía, Comercio
y Empresa, al que corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia económica y de reformas para la mejora de la competitividad, y de comercio. El
Ministerio se estructura en dos Secretarías de Estado: la Secretaría de Estado de
Economía y Apoyo a la Empresa y la Secretaría de Estado de Comercio.
Posteriormente, se aprueba el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, en el cual,
se configuran los órganos superiores y directivos de cada departamento hasta el nivel de
Dirección General y, entre ellos, los del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
Procede ahora desarrollar la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa, determinando sus órganos superiores y directivos hasta el nivel
orgánico de subdirección general y definiendo las competencias de cada uno de estos
órganos.
Este real decreto es coherente con los principios de buena regulación a que se
refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En concreto, cumple con los
principios de necesidad y eficacia, pues se trata del instrumento más adecuado para
garantizar el interés general y la efectiva ejecución de las políticas públicas del Gobierno
en la materia. También se ajusta al principio de proporcionalidad, pues no existe otra
alternativa para crear un nuevo marco orgánico de este departamento. En cuanto a los
principios de seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, la norma se adecúa a los
mismos, ya que es coherente con el resto del ordenamiento jurídico y la reorganización
propuesta contribuye a una mejor gestión de los recursos públicos, al permitir un
desempeño más racional de las competencias del Ministerio.
Esta norma tiene su fundamento jurídico en el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en lo previsto en la disposición
final segunda del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre.
En su virtud, a iniciativa del Ministro de Economía, Comercio y Empresa, a propuesta
del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de abril de 2024,
DISPONGO:
Organización general del departamento.

1. El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa es el departamento de la
Administración General del Estado encargado de la propuesta, coordinación y ejecución
de la política del Gobierno en materia económica, a través de reformas para la mejora de
la competitividad y del comercio, centrada en el apoyo a la empresa y en el crecimiento
potencial de la economía. Cuenta, para ello, con la necesaria interlocución de la Unión
Europea y otros Organismos Económicos y Financieros Internacionales. A su vez, dirige
la política comercial de internacionalización de las empresas, así como la supervisión de
inversiones y de transacciones exteriores. Igualmente, le corresponde el establecimiento

cve: BOE-A-2024-8194
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Artículo 1.