III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Denominaciones de origen. (BOE-A-2024-8262)
Orden APA/367/2024, de 19 de abril, por la que se reconoce al Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Pimentón de Murcia" la condición de Corporación de Derecho Público de ámbito territorial supraautonómico y se aprueban sus estatutos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Miércoles 24 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
8262

Orden APA/367/2024, de 19 de abril, por la que se reconoce al Consejo
Regulador de la Denominación de Origen Protegida «Pimentón de Murcia» la
condición de Corporación de Derecho Público de ámbito territorial
supraautonómico y se aprueban sus estatutos.

Con fecha 13 de junio de 2023, y tras seguirse el oportuno procedimiento establecido al
efecto, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea número L 152/3 el Reglamento de
Ejecución (UE) 2023/1150, de la Comisión, de 6 de junio de 2023, por el que se aprueba
una modificación que no es de menor importancia del pliego de condiciones de un nombre
inscrito en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones
Geográficas Protegidas [«Pimentón de Murcia» (DOP)], mediante el que se aprobaba la
modificación no menor del pliego de condiciones de la citada Denominación de Origen
Protegida «Pimentón de Murcia», y mediante el que se procedió a modificar su ámbito
territorial, que ha pasado a tener carácter supraautonómico al comprender, además de
municipios preexistentes ubicados en la Comunidad Autónoma Región de Murcia,
municipios de las provincias de Almería y Granada (Comunidad Autónoma de Andalucía) y
de la de Alacant/Alicante (Comunidad Valenciana).
Siendo así, y conforme a lo establecido en la disposición adicional primera de la
Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas
Protegidas de ámbito territorial supraautonómico, y el Real Decreto 267/2017, de 17 de
marzo, por el que se desarrolla la Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de
Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico, y
por el que se desarrolla la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el
funcionamiento de la cadena alimentaria, el Consejo Regulador de la citada figura de
calidad diferenciada ha procedido a solicitar al Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación su condición de Corporación de Derecho Público de ámbito geográfico
supraautonómico y la aprobación de sus Estatutos reguladores iniciales en tal condición,
acompañando la oportuna documentación exigida.
Por lo tanto, en virtud de lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional
primera de la citada Ley 6/2015, de 12 de mayo, y lo dispuesto en los artículos 2 y 3 del
Real Decreto 267/2017, de 17 de marzo, una vez analizada dicha documentación y
previo informe favorable emitido por la Abogacía del Estado en dicho Departamento
ministerial, corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación resolver,
mediante orden, dicha solicitud.
En su virtud, dispongo:

Se reconoce al Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida
«Pimentón de Murcia» la condición de entidad de gestión de la citada figura de calidad
diferenciada de ámbito territorial supraautonómico, adoptando la forma de Corporación
de Derecho Público, y se aprueban los Estatutos de la Denominación de Origen
Protegida «Pimentón de Murcia», cuyo texto se incluye a continuación.
Segundo.

Primeras elecciones.

Las primeras elecciones al Pleno se convocarán como máximo en el plazo de un año
a contar desde la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado». En

cve: BOE-A-2024-8262
Verificable en https://www.boe.es

Primero. Reconocimiento de la condición de entidad de gestión como Corporación de
Derecho Público.