III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Autoridad Portuaria de Valencia. Reglamento. (BOE-A-2024-8140)
Resolución de 5 de abril de 2024, de la Autoridad Portuaria de Valencia, por la que se modifica el Reglamento de Gestión y Funcionamiento del Consejo de Administración.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99

Martes 23 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 45302

Artículo 22. Cuórum de asistencia.
Artículo 23. Adopción de acuerdos.
Artículo 24. Representación de los miembros del Consejo.
Artículo 25. Actas y certificaciones.
Título cuarto.
Artículo 26.
Artículo 27.

Relaciones con la Autoridad Portuaria de Valencia.
Código Ético.
Relaciones con el personal de la Autoridad Portuaria de Valencia.

Título quinto. Distinciones de la Autoridad Portuaria de Valencia.
Artículo 28.

Distinciones.

La posible utilización en este documento del masculino singular o plural al referirse a cargos y/o a mujeres y hombres como colectivo supone la
aplicación de la ley lingüística de la economía expresiva, para facilitar la lectura con el menor esfuerzo posible y sin intención discriminatoria

El artículo 30.5. del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, señala
entre las funciones del Consejo de Administración la Autoridad Portuaria la de establecer
sus normas de gestión y sus reglas de funcionamiento interno, su régimen económico y
funciones del Secretario.
Asimismo, el artículo 15.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, determina que los órganos colegiados de las distintas
Administraciones Públicas en que participen organizaciones representativas de intereses
sociales, así como aquellos compuestos por representaciones de distintas
Administraciones Públicas, cuenten o no con participación de organizaciones
representativas de intereses sociales, podrán establecer o complementar sus propias
normas de funcionamiento.
La gestión más eficaz de la Autoridad Portuaria de Valencia aconseja regular el
sistema de funcionamiento del Consejo de Administración, estableciendo con mayor
detalle, su organización y régimen interno, adaptando el mismo a las necesidades y
circunstancias en que se desarrolla su actividad.
Con la finalidad de conseguir dicho objetivo, se ha elaborado el presente Reglamento
de Gestión y Funcionamiento del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de
Valencia.
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Objeto del Reglamento.
Este Reglamento tiene por objeto establecer los principios y las reglas de actuación
del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia, así como la
regulación de su organización y funcionamiento.
Competencia y habilitación legal.

Este Reglamento se dicta al amparo de la facultad de autoorganización que posee el
Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia, en virtud del
artículo 30.5 d) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre
(TRLPEMM), y de lo dispuesto en el artículo 15.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).

cve: BOE-A-2024-8140
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2.