III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-8156)
Resolución de 18 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica "FV hibridación PE La Valdivia", de 32,34 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico existente "La Valdivia", de 28,5 MW y parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Sevilla».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 23 de abril de 2024

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por la normativa y de dispositivos de iluminación imprescindibles en las edificaciones
auxiliares o para hacer frente a situaciones de riesgo. En tal caso, se utilizarán
luminarias que no emitan luz blanca rica en longitudes de onda corta (azules y UV), la
iluminación se proyectará hacia el suelo por debajo del plano horizontal, y se limitará a lo
estrictamente necesario.
Se instalarán refugios polinizadores para la cría de invertebrados en el interior de los
recintos, próximos al vallado perimetral. Se realizarán acuerdos de custodia del territorio
con agricultores de la zona, tales como salvamento de nidos de aguilucho cenizo y
compensación económica a los agricultores. Se procederá a la inclusión en el entorno de
la planta solar de uno cada 5 ha de los siguientes elementos de distinta tipología:
caballones o beetle banks; charcas para especies acuáticas y anfibios en ubicaciones
con recursos hídricos naturales, que permitan, al menos, su permanencia estacional;
majanos para reptiles, posaderos y cajas nido o nidos de distinta tipología para aves y
quirópteros, en olivares dentro del perímetro de las plantas; construcción de refugios
para perdices, conejos, micromamíferos y reptiles (presas habituales de rapaces)
mediante majanos de piedra y tierra. Estas medidas deberán estar presupuestadas y
georreferenciadas en formato SHP en el documento técnico.
Se deberá desarrollar un documento cuyo modelo serán las indicaciones recogidas
en la Estrategia de Conservación de Aves Amenazadas ligados a Medio AgroEsteparios en España del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Este documento deberá ser aprobado por el organismo competente en Medio Ambiente
de la Junta de Andalucía y las medidas deberán estar presupuestadas.
Se recomienda el uso de bandas sobre los paneles fotovoltaicos en forma de rejilla
que minimicen la mortalidad de insectos y los posibles impactos de pequeñas aves.
Sería recomendable que no todos los paneles se recubrieran con el fin de profundizar en
el análisis de las afecciones, con el fin de evaluar los efectos a lo lago de los primeros
años estableciéndolos en el programa de vigilancia ambiental.
Para disminuir el efecto barrera a la fauna y favorecer la conectividad, el vallado de la
planta se realizará en parcelas, aprovechando los conectores naturales como manchas
de vegetación o cauces, en concreto los cauces identificados en el estudio hidrológico
que penetran en el emplazamiento de la planta fotovoltaica, quedando de este modo
separadas estas parcelas entre sí por corredores verdes. Si se utilizan los caminos como
conectores, se deberá dejar una amplitud suficiente a ambos lados del camino con
vegetación natural, y si esta no existiera, se deberán plantar especies autóctonas.
Durante la fase de explotación, se realizará un seguimiento del efecto barrera para el
desplazamiento de aves u otros grupos de fauna, en el que se estudiará la perturbación
sobre la movilidad de las poblaciones que introduce el proyecto por interrupción física de
corredores migratorios, líneas o rutas de conexión habituales, así como zonas de paso
frecuente entre zonas de alimentación, dormideros, charcas, reproducción, nidificación,
cría, etc.
Los vallados perimetrales a las instalaciones, excepto los de los centros de
transformación, deberán ser permeables a la fauna, por lo que se empleará un vallado
de tipo cinegético o ganadero, con luz de malla amplia, en la parte inferior más próxima
al suelo, sin zócalo ni sujeción inferior al terreno, dejando los 20 cm inferiores libres con
el fin de garantizar la permeabilidad a la fauna de pequeño y mediano tamaño. Además,
es conveniente ejecutar aberturas en la parte inferior del vallado, de dimensiones 30 x 30
cm y/o 45 x 30 cm en algunos puntos del vallado con el fin de alcanzar la máxima
permeabilidad posible para la fauna. La altura del cerramiento no será superior a 2 m y
carecerá de elementos punzantes o cortantes, dispositivos o trampas que permitan la
entrada de fauna silvestre e impidan o dificulten su salida. No se permite en ningún caso
tener incorporados dispositivos para conectar corriente eléctrica. No podrá contar con
voladizos o con visera superior.
Se instalarán pequeñas placas de color claro al tresbolillo a lo largo del vallado para
aumentar la visibilidad y evitar la colisión de aves contra él. La distancia entre esas
placas será de 10 m.

cve: BOE-A-2024-8156
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Núm. 99