II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-8133)
Resolución de 17 de abril de 2024, de la Universidad de León, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral fijo de la categoría de Oficial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 23 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 45271

condición de víctima de terrorismo deberá acreditarse de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 3 de la citada ley.
e) Los aspirantes que sean víctimas de violencia de género de acuerdo con lo
establecido en el artículo 1 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de
género de Castilla y León, estarán exentos de pago. La condición de víctima de violencia
de género se acreditará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la citada ley.
3.5 Los aspirantes con minusvalías que deseen participar en el concurso-oposición
deberán indicar, inexcusablemente, en la casilla dispuesta para ello las posibles
adaptaciones de tiempo y medios que requieran para la realización de los ejercicios de la
fase de oposición, en su caso.
3.6 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a
petición del interesado.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado,
dentro del plazo establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.

Admisión de candidatos

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de
aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo. En esta resolución figurarán los
aspirantes excluidos (apellidos, nombre y DNI o número de identificación del documento
equivalente) con indicación expresa de la causa de exclusión. En todo caso, al objeto de
evitar errores y, en el supuesto de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y
forma, los aspirantes deberán comprobar no sólo que no figuran recogidos en la relación de
excluidos sino, además, que sus nombres figuran correctamente en la relación de admitidos.
La resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y a través de la
página Web oficial de la Universidad, conforme se indica en la base 10.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir de la fecha de publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y
León», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las
listas. Quienes dentro de ese plazo no subsanen la exclusión, ni aleguen la omisión,
justificando su derecho a ser declarados admitidos, serán definitivamente excluidos de la
realización de las pruebas.
4.3 En la resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos
figurarán la fecha y el lugar de celebración del primer ejercicio. Dicha resolución pondrá
fin a la vía administrativa y contra ella podrán los aspirantes definitivamente excluidos
interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados a
partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de
Castilla y León». Potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el
Rectorado de la Universidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al
de la publicación de la resolución.
4.4 En todo caso, tanto las resoluciones a las que hace referencia la presente base
como las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos, acuerdos públicos del
Tribunal y las resoluciones de los distintos órganos de la Universidad en relación con el
proceso selectivo, se incluirán en la página Web de la Universidad de León:
www.unileon.es/actualidad/convocatorias.
5.

Tribunal Calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura en el anexo VI. El
Secretario/a actuará con voz y sin voto.

cve: BOE-A-2024-8133
Verificable en https://www.boe.es

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