II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-8133)
Resolución de 17 de abril de 2024, de la Universidad de León, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral fijo de la categoría de Oficial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99

Martes 23 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 45281

– Se aplicará la Tabla de Valoraciones siguiente teniendo en cuenta que la
antigüedad y la experiencia son dos conceptos diferentes y compatibles entre sí:
Antigüedad (en cualquier categoría) y experiencia específica (en la misma categoría, área y especialidad)

Máximo 60

a) Antigüedad en la ULE en (contratos para puestos de RPT y otros cuya selección de personal derive de las bolsas de
trabajo generadas por procesos en concurrencia competitiva para PTGAS laboral no incluidos en el apartado d).

0.1

b) Experiencia específica en la ULE (contratos para puestos de RPT y otros cuya selección de personal derive de las bolsas
de trabajo generadas por procesos en concurrencia competitiva para PTGAS laboral no incluidos en el apartado d).

0.4

c) Experiencia específica en Universidades del II Convenio PAS laboral Univ. Castilla y León.

0.2

d) Experiencia específica derivada de contratos descritos en los art. 4.2 y 4.3 del II Convenio PAS laboral Univ. Castilla y León
y otros contratos laborales en la ULE no valorados en otros apartados.

0.1

e) Experiencia en otras Administraciones Públicas.

0.1

f) Otra experiencia especifica.

0.05

– Se aplicará la siguiente Tabla de Supuestos y coeficientes:
Supuesto

Experiencia a tiempo parcial (en la misma categoría).
*

Coeficiente

Proporcional

Experiencia en distinta categoría – un nivel inferior o superior.
Experiencia en distinta categoría – dos niveles inferiores o superiores.

0.5
0.3

*
Esta reducción no será de aplicación a las reducciones de jornada derivadas de la aplicación de los artículos 48 y 49 del EBEP y 37.6 del Estatuto de los
Trabajadores.

– Se sumarán las puntuaciones obtenidas en todos los apartados aplicables, tanto
de antigüedad como experiencia.
2.

Formación: Puntuación máxima 40 puntos.

a) El apartado de formación está integrado por 3 subapartados, cada uno con su
propio límite parcial y la suma de todos no puede superar la puntuación máxima prevista
para este apartado en cada proceso.
b) Los subapartados y puntaciones máximas de cada uno son los siguientes:
2.1
2.2
2.3

Titulación Oficial específica: de 0 a 20 puntos.
Formación específica: de 0 a 15 puntos.
Formación general de especial interés: de 0 a 5 puntos.

c) El título que da acceso a la convocatoria no puede ser valorado nuevamente en
ningún apartado.
Titulación Oficial específica de 0 a 20 puntos.

La posesión de títulos académicos oficiales correspondientes a estudios
directamente relacionados con las funciones de la plaza convocada será valorada con un
máximo de 20 puntos.
Los títulos académicos oficiales correspondientes a estudios directamente
relacionados con las funciones de la plaza convocada, serán valorados:
a) Dos niveles superiores o más: 20 puntos.
b) Un nivel superior con 15 puntos.
c) Mismo nivel 10 puntos.
Tres años concluidos de una licenciatura o ingeniería superior se equiparán a una
diplomatura. Solo se valorará el título de mayor nivel.

cve: BOE-A-2024-8133
Verificable en https://www.boe.es

2.1