II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-8132)
Resolución de 16 de abril de 2024, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99

Martes 23 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 45264

Dicha resolución agota la vía administrativa y contra ella se podrá interponer recurso
contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Contencioso
Administrativo de Navarra.
11.9 Transcurrido el plazo de tres meses sin que recaiga resolución, se podrá
entender desestimada la reclamación.
12. Presentación de la documentación
12.1 La persona propuesta deberá presentar, en el plazo de veinte días hábiles
siguientes a la publicación de la propuesta de provisión a la que se refiere la base 10.2,
documentación acreditativa de que reúne los requisitos exigidos en las bases de esta
convocatoria, debiendo aportar además los siguientes documentos:
a) Declaración responsable de no hallarse en situación de inhabilitación o
suspensión para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de una Administración Pública. En el caso de las
personas que no posean la nacionalidad española, deberán acreditar no haber sido
objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la
función pública.
b) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad en el caso de venir
desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
c) Certificación de la Administración de la que dependan acreditativa de su
condición de funcionaria/o y cuantas circunstancias consten en su Hoja de Servicios.
12.2 En el caso de que la persona propuesta no presente oportunamente la
documentación requerida, el vicerrectorado competente en materia de profesorado
propondrá el nombramiento de la siguiente persona en el orden de preferencia formulado
en la propuesta de la comisión, previa presentación de la referida documentación.

13.1 Una vez que la persona propuesta haya dado cumplimiento a lo establecido en
la base anterior, el Rector de la Universidad Pública de Navarra procederá al
nombramiento como funcionario/a del Cuerpo Docente de Profesores y Profesoras
Titulares de Universidad.
13.2 El nombramiento especificará la denominación de la plaza, Cuerpo, Área de
Conocimiento y Departamento, así como su código de plaza en la Relación de Puestos
de Trabajo. Dicho nombramiento será comunicado al Registro Central de Personal a
efectos de otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en los cuerpos
respectivos, y a la Secretaría General del Consejo de Universidades. El nombramiento
será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», en el «Boletín Oficial de Navarra» y en
el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pública de Navarra, en la reseña
correspondiente a esta convocatoria.
13.3 En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», la persona propuesta
deberá tomar posesión de su plaza, momento en que adquirirá la condición de
funcionario/a del Cuerpo Docente de Profesores y Profesoras Titulares de Universidad,
con los derechos y deberes que le son propios.
14.

Tratamiento de datos de carácter personal

La participación de interesados en los procesos convocados por la Universidad
Pública de Navarra en materia de gestión de personal comportará el tratamiento de sus
datos. El Responsable del Tratamiento de sus datos es la propia Universidad Pública de
Navarra.

cve: BOE-A-2024-8132
Verificable en https://www.boe.es

13. Nombramiento y toma de posesión