III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-8151)
Resolución de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Iman Temporing ETT, SL.
19 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99
Martes 23 de abril de 2024
Sec. III. Pág. 45375
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
8151
Resolución de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Convenio colectivo de Iman Temporing ETT, SL.
Visto el texto del I Convenio colectivo de la empresa Iman Temporing ETT, SL
(código de convenio: 90104592012024), que fue suscrito con fecha 18 de diciembre
de 2023, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma, y de otra por la sección sindical de Unión y Empleo, en
representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de abril de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
I CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA IMAN TEMPORING ETT SL
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Partes que lo conciertan.
El presente convenio colectivo se concierta entre la Dirección de la Empresa Iman
Temporing ETT, SL, y la representación de las personas trabajadoras de la misma a
través de las representaciones sindicales que suman la mayoría de los componentes de
comités de empresa y delegados de personal.
El presente convenio resulta de aplicación a todo el personal de Iman Temporing
ETT, SL, si bien con las siguientes particularidades:
1. Personal de «estructura»: le serán de aplicación de forma directa y en su
integridad las disposiciones del presente convenio colectivo.
2. Personal «en misión» o puesto a disposición: Le serán de aplicación,
únicamente, las disposiciones del presente convenio relativas a contratación, regulación
cve: BOE-A-2024-8151
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2. Ámbito personal.
Núm. 99
Martes 23 de abril de 2024
Sec. III. Pág. 45375
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
8151
Resolución de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Convenio colectivo de Iman Temporing ETT, SL.
Visto el texto del I Convenio colectivo de la empresa Iman Temporing ETT, SL
(código de convenio: 90104592012024), que fue suscrito con fecha 18 de diciembre
de 2023, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma, y de otra por la sección sindical de Unión y Empleo, en
representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de abril de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
I CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA IMAN TEMPORING ETT SL
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Partes que lo conciertan.
El presente convenio colectivo se concierta entre la Dirección de la Empresa Iman
Temporing ETT, SL, y la representación de las personas trabajadoras de la misma a
través de las representaciones sindicales que suman la mayoría de los componentes de
comités de empresa y delegados de personal.
El presente convenio resulta de aplicación a todo el personal de Iman Temporing
ETT, SL, si bien con las siguientes particularidades:
1. Personal de «estructura»: le serán de aplicación de forma directa y en su
integridad las disposiciones del presente convenio colectivo.
2. Personal «en misión» o puesto a disposición: Le serán de aplicación,
únicamente, las disposiciones del presente convenio relativas a contratación, regulación
cve: BOE-A-2024-8151
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2. Ámbito personal.