III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-8040)
Resolución 420/38115/2024, de 16 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Castilla-La Mancha, para la realización de prácticas académicas externas en el Museo del Ejército.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Lunes 22 de abril de 2024

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Las garantías que, en orden a los datos personales, se recogen en esta cláusula
tendrán validez durante la vigencia del convenio y sus prórrogas.
Quinta. Medidas de salvaguarda de la seguridad, condiciones de acceso y
permanencia en instalación militar.
El interior de una instalación militar cuenta con diversas zonas de seguridad. Al jefe
de la instalación le corresponde autorizar expresamente a qué zonas puede acceder el
personal civil. Dicha autorización deberá seguir lo especificado en la normativa de
seguridad de las instalaciones y, en particular, lo detallado en el Plan de Seguridad de la
instalación militar. Por otra parte, el personal civil deberá observar cuantas indicaciones
le sean requeridas en materia de seguridad.
El alumnado participante, u otro personal no militar, que haya de acceder a
instalaciones del Museo del Ejército, con motivo del desarrollo de las actividades
previstas en este convenio, no podrá introducir, ni exhibir, en dichos recintos, símbolos,
distintivos, lemas impresos, etc., que, por su contenido o por las circunstancias en las
que se muestren o usen, puedan menoscabar el principio de neutralidad institucional o
vulnerar las normas de seguridad aplicables.
En caso de incumplimiento de esta condición de acceso y permanencia,
corresponderá a la UCLM ejecutar las actuaciones necesarias para poner en conocimiento
del interesado ese incumplimiento y, en su caso, invitarle a abandonar dicha instalación.
Sexta.

Actividad editorial.

Los representantes del MINISDEF en la Comisión Mixta de Seguimiento velarán por
que se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Instrucción 1/2022, de 12 de enero, de la
Subsecretaría de Defensa, que regula la actividad editorial en el ámbito del MINISDEF.
Para el uso, en su caso, de elementos de imagen institucional en publicaciones
derivadas de lo establecido en el convenio, dichos representantes solicitarán previamente
la conformidad de la Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio Cultural.
Séptima.

Financiación.

Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán compromiso económico o
financiero alguno para el MINISDEF. La realización de las prácticas no supondrá, en ningún
caso, la percepción de emolumentos o indemnizaciones a cargo de dicho ministerio.
En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b de la disposición adicional
quincuagésima segunda «Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que
realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas, incluidas en programas
de formación», del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, el cumplimiento de las
obligaciones a la Seguridad Social corresponderá a la UCLM.
Medidas de control y seguimiento y régimen de modificación del convenio.

A fin de procurar el desarrollo y seguimiento de este convenio, se constituirá una
Comisión Mixta de Seguimiento (comisión) formada por un representante de cada una de
las partes, nombrados por el Director del Museo del Ejército y por la UCLM.
La comisión se constituirá en el plazo máximo de un mes a partir del momento en
que el convenio comience a producir efectos y tendrá como finalidad promover las
acciones que permitan cumplir los objetivos y condiciones estipuladas en el mismo, así
como la interpretación de sus cláusulas.
Dicha comisión se reunirá con una periodicidad, por lo menos, anual y, de manera
extraordinaria siempre que se considere necesario, lo solicite alguna de las partes y se
decida de mutuo acuerdo. Tendrá capacidad de proponer la modificación, prorroga o
resolución del convenio, mediante adenda, dentro de lo suscrito en el propio convenio.
Todas las decisiones que se adopten en las reuniones serán acordadas por unanimidad.

cve: BOE-A-2024-8040
Verificable en https://www.boe.es

Octava.