I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-7905)
Resolución de 15 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Sábado 20 de abril de 2024

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de Rusia y su guerra de agresión contra Ucrania hacen ya imposible la consecución del
objetivo del Tratado FACE.
El Tratado FACE ha permitido establecer un mecanismo de contención,
transparencia y verificación sobre la base de compromisos jurídicamente vinculantes con
vistas a distribuir las dotaciones de armas convencionales en la zona de aplicación del
Tratado. Al estar fundamentadas las obligaciones derivadas del Tratado FACE en los
principios de equilibrio mutuo de las fuerzas militares en Europa y de reciprocidad
jurídica, la retirada de Rusia, que dispone que gran parte de esas dotaciones y cuyo
territorio constituye una parte importante de la zona de aplicación del Tratado, pone en
serio peligro la viabilidad del Tratado en su conjunto.
La República Francesa lamenta la decisión de Rusia de retirarse del Tratado FACE,
así como de que se haya hecho necesaria una suspensión del mismo. No obstante, a
pesar de los años de esfuerzos para animar a Rusia a volver a una actitud conforme al
Tratado, no se ha logrado convencerla de que deponga su actitud destructora. Para la
República Francesa siguen revistiendo una enorme importancia los mecanismos de
control de armas convencionales y los principios fundamentales sobre los que se
sustentan, entre ellos los proclamados en el Decálogo de Helsinki y la Carta de París
para una nueva Europa. La República Francesa subraya su decisión de suspender sus
obligaciones, en lugar de retirarse del Tratado FACE, para poder conservar la posibilidad
de retomar eventualmente la ejecución del Tratado.
La República Francesa agradecerá al Ministerio de Asuntos Exteriores del Reino de
los Países Bajos que comparta esta notificación con todos los Estados Partes en el
Tratado FACE.»
DINAMARCA.
07-11-2023 COMUNICACIÓN DE SUSPENSIÓN DEL TRATADO CON EFECTOS
DESDE EL 08-04-2024.

El objetivo del Tratado FACE era instaurar la estabilidad y la seguridad en Europa y,
como prioridad fundamental, anular la capacidad de lanzar un ataque sorpresa y de
iniciar una ofensiva a gran escala en dicho continente. En contravención del objeto y fin
del Tratado FACE, la Federación de Rusia emprendió el 24 de febrero de 2022 su
invasión total de Ucrania, país contra el que sigue librando una guerra de agresión.
El 9 de junio de 2023, la Federación de Rusia notificó su retirada del Tratado FACE
con efectos a partir del 7 de noviembre de 2023. Cabe señalar que la participación de la
Federación de Rusia en el Tratado FACE resultaba fundamental para que los Estados
Parte firmaran dicho tratado.
Estos acontecimientos extraordinarios han cambiado fundamentalmente la base y las
circunstancias de la celebración del Tratado FACE, obstaculizan la consecución del
objeto y fin del convenio y han modificado radicalmente el alcance de las obligaciones de
los Estados Parte.
Dinamarca mantiene su compromiso con los principios del Tratado FACE, a saber, el
control eficaz de las armas convencionales, como un elemento clave para la seguridad
euroatlántica. Por este motivo, Dinamarca ha decidido suspender su participación en el
Tratado FACE, a fin de posibilitar el retorno a dicho tratado en un futuro. La suspensión
del Tratado FACE por parte de Dinamarca entrará en vigor 150 días después de la
recepción de esta Nota verbal.
Dinamarca solicita al Ministerio de Asuntos Exteriores del Reino de los Países Bajos
que transmita esta notificación a todos los Estados Parte del Tratado FACE.»

cve: BOE-A-2024-7905
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«[...] Dinamarca ha decidido suspender su participación en el Tratado FACE respecto
a todos los Estados Parte por las siguientes razones: