I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-7905)
Resolución de 15 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Sábado 20 de abril de 2024

Sec. I. Pág. 44306

Oficina de Asuntos Jurídicos–, y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4.º del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y a lo señalado en la nota verbal
LA41TR/2017/IV-4/Peru/1, de fecha 1 de marzo de 2017, tiene a honra,informar lo
siguiente:
● Mediante Decreto Supremo N.º 095-2023-PCM, de fecha 16 de agosto de 2023, el
Estado peruano ha prorrogado el estado de emergencia declarado mediante Decreto
Supremo n.º 010-2023- PCM, en la provincia de Pataz del departamento de La Libertad,
por el término de treinta (30) días calendario, a partir del 18 de agosto de 2023.
● El motivo de la prórroga es el incremento del accionar criminal en la zona
mencionada. Durante el estado de emergencia quedan suspendidos los derechos
constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de
domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los
artículos 9, 12, 17 y 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas hace propicia la
oportunidad para reiterar a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de
Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos– las seguridades de su más alta y
distinguida consideración.
Nueva York 28 de agosto de 2023.»
PERÚ.
29-08-2023 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4 (2).
«7-1-S/2023/197.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas presenta sus atentos
saludos a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de Tratados de la
Oficina de Asuntos Jurídicos–, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4.º del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y teniendo en cuenta lo señalado en
la nota verbal LA 41 TR/2017/IV-4/Peru/1, de fecha 1 de marzo de 2017, tiene a honra
informar lo siguiente:

La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas hace propicia la
oportunidad para reiterar a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de
Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos– las seguridades de su más alta y
distinguida consideración.
Nueva York, 28 de agosto de 2023.»

cve: BOE-A-2024-7905
Verificable en https://www.boe.es

● Mediante Decreto Supremo N.º 096-2023-PCM, publicado el 16 de agosto
del 2023, el Estado peruano ha porrogado el estado de emergencia nacional declarado
mediante Decreto Supremo n.º 23-2023-PCM, por el plazo de sesenta (60) días
calendario a partir del 17 de agosto de 2023, en las provincias de Putumayo y Mariscal
Castilla del departamento de Loreto. El motivo de la declaratoria es el accionar delictivo
de organizaciones criminales dedicadas al tráfico ilícito de drogas y delitos conexos en
las provincias mencionadas.
● Durante el Estado de Emergencia quedan suspendidos los derechos
constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de
domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los
artículos 9, 12, 17 y 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.