III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-7875)
Resolución de 11 de abril de 2024, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con el Obispado de Plasencia, para determinar la financiación de los gastos ocasionados por el mantenimiento en el Real Monasterio de San Jerónimo de Yuste de la Orden de San Pablo el Primer Eremita (Monjes Paulinos) de Polonia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Viernes 19 de abril de 2024

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de 3 de junio de 1931 y afectado al uso y servicio de la Corona, por Real
Decreto 1867/2004, de 6 de septiembre, quedando integrado en el Patrimonio Nacional.
II. Que en 2011 se firmó un convenio para la cesión por parte de Patrimonio
Nacional, a título gratuito, del derecho de uso por veinte años de determinados espacios
del Real Monasterio de San Jerónimo de Yuste al Obispado de Plasencia, para que se
instalase en ellos una comunidad de religiosos perteneciente a la Orden de San Pablo el
Primer Eremita (Monjes Paulinos), de Polonia.
III. Que, en dicho convenio de cesión firmado en 2011, se establecía una serie de
servicios que serían prestados por Patrimonio Nacional, a la vez que los ingresos
procedentes de la actividad del Monasterio se integrarían en los presupuestos de
Patrimonio Nacional.
IV. Que en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados
para 2024, se prevé una transferencia corriente por importe de 70.000,00 euros, a modo
de subvención directa, en la aplicación presupuestaria 13.105.337A.483 con la
denominación «Convenio Monasterio de Yuste».
Conforme a lo establecido en el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se entiende por subvención prevista
nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, a efectos de lo señalado en
el párrafo anterior, aquella en que al menos su dotación presupuestaria y beneficiario
aparezcan determinados en los estados de gasto del presupuesto.
El objeto de estas subvenciones deberá quedar determinado expresamente en el
correspondiente convenio de colaboración o resolución de concesión que, en todo caso,
deberá ser congruente con la clasificación funcional y económica del correspondiente
crédito presupuestario.
V. Que conforme a lo antes indicado y a los criterios establecidos por la
Intervención General de la Administración del Estado, se requiere la suscripción de un
convenio de desarrollo de la subvención nominativa «Convenio Monasterio de Yuste»,
que contemple los términos de la financiación.
VI. Que el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, en sesión de
fecha 20 de octubre de 2021, autorizó a la Presidenta del Consejo para que procediera a
la firma del convenio con el Obispado de Plasencia que determina la financiación, por
parte del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, de los gastos ocasionados
por el mantenimiento en el Real Monasterio de San Jerónimo de Yuste a la Orden de
San Pablo el Primer Eremita (Monjes Paulinos), de Polonia; así como para la firma de los
sucesivos convenios que se suscriban anualmente para articular la subvención
nominativa aprobada, en su caso, en la Ley de Presupuestos de cada ejercicio.
VII. En aplicación de lo señalado en los apartados anteriores, el presente convenio
regula las condiciones para el pago de la subvención prevista en los PGE 2023-P en la
aplicación presupuestaria 13.105.337A.483 con la denominación «Convenio Monasterio
de Yuste». De acuerdo con lo establecido en el artículo 34.3 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, se podrán presentar, al amparo de este convenio,
justificantes de gasto de fechas comprendidas entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de
noviembre de 2024.

CLÁUSULAS
Primera.

Objeto y financiación.

El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones para que el Obispado
de Plasencia reciba como máximo la cuantía prevista en el los PGE 2023-P del Consejo
de Administración del Patrimonio Nacional, en la aplicación 13.105.337A.483 Convenio
Monasterio de Yuste, de setenta mil euros (70.000,00 €).

cve: BOE-A-2024-7875
Verificable en https://www.boe.es

En virtud de lo expuesto, las partes firmantes convienen en suscribir el presente
convenio que se regirá por las siguientes