III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Derecho de la Unión Europea. (BOE-A-2024-7884)
Resolución de 11 de abril de 2024, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de abril de 2024, por el que se revoca el Acuerdo de 28 de noviembre de 2023, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Andalucía el 20 de julio de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Viernes 19 de abril de 2024

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Segundo.
La citada deuda, atribuida al Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, ha sido extinguida al haber efectuado un abono por el importe adeudado con
fecha de 18 de agosto de 2023 en la cuenta habilitada del Banco de España, por lo que
se acuerda admitir dicho abono como medio de pago voluntario anticipado de la deuda y
no se repercuten los intereses compensatorios de los costes financieros, de acuerdo con
lo previsto en el artículo 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio.
Tercero.

La Comisión Europea ha liquidado las cuentas del Organismo Pagador de la
Comunidad Autónoma de Andalucía correspondientes a los gastos financiados por el
Feader en relación con el cierre final de las cuentas del Programa de Desarrollo Rural
para el período 2007-2013. En la carta Ares (2023)3982440 de la Comisión de 8 de junio
de 2023 figuran los importes financiados a recuperar que debe reintegrar el Organismo
Pagador, una vez cerrado el citado programa de desarrollo rural de la Comunidad
Autónoma de Andalucía en el ejercicio financiero 2022. En este caso, el importe a
reintegrar total fue de 314.004,36 euros y se corresponde con las cantidades
recuperadas según lo declarado en el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE)
núm. 908/2014 de la Comisión de 6 de agosto de 2014 por el que se establecen
disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento
Europeo y del Consejo en relación con los organismos pagadores y otros organismos, la
gestión financiera, la liquidación de cuentas, las normas relativas a los controles, las
garantías y la transparencia.
De conformidad con lo indicado en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera; el Real Decreto 515/2013, de 5
de julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir
las responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea y el Real
Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la gobernanza del Plan
Estratégico de la Política Agrícola Común en España y de los fondos europeos agrícolas
FEAGA y Feader, el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., en adelante FEGA, inició
de oficio el procedimiento de determinación de responsabilidades, resuelto mediante
Acuerdo de Consejo de Ministros publicado en el BOE núm. 298 de 14 de diciembre
de 2023. Sin embargo, tanto el Organismo Pagador como el Organismo de Certificación
de la Comunidad Autónoma de Andalucía pusieron de manifiesto que se había cometido
un error en la cumplimentación del anexo II en la cuenta del ejercicio financiero 2021, al
haberse incluido una cantidad (124.552,80 euros) que no correspondía, por estar ya
incluida en el anexo III, no suponiendo esta incidencia riesgo financiero alguno para el
Fondo.
Trasladados los hechos anteriores a la Comisión Europea, ésta reconoció, con
fecha 19 de diciembre de 2023 el importe declarado erróneamente por el Organismo
Pagador de Andalucía y, el 28 de diciembre de 2023, procedió a realizar un reembolso
directo al Tesoro Público por valor de 124.552,80 euros, que procede deducir de
los 314.004,36 euros que fueron comunicados por la Comisión en la carta con Ref. Ares
(2023)3982440 y que sustentaron el procedimiento de determinación de
responsabilidades, resuelto mediante Acuerdo de Consejo de Ministros publicado en el
BOE núm. 298 de 14 de diciembre de 2023.

cve: BOE-A-2024-7884
Verificable en https://www.boe.es

El presente acuerdo de Consejo de Ministros será publicado en el «Boletín Oficial del
Estado», dado que pone fin al procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, reconocidas por
la Comisión Europea.
Asimismo, el Acuerdo en su parte expositiva indica: