V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2024-14148)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica de alta tensión denominada "Ampliación de la subestación Arucas a 66 kV y un compensador síncrono", expediente AT 23/008.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95

Jueves 18 de abril de 2024

Sec. V-B. Pág. 20926

Octavo.- Esta autorización se concede con los efectos previstos en el artículo
6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico
Canario y sin perjuicio de la obtención de cualquier otra autorización o intervención
exigible por la legislación vigente, cuyo otorgamiento competa a otras
Administraciones y Organismos Públicos.
Noveno.- Previo al comienzo de las obras de ejecución de las instalaciones
proyectadas, el promotor constituirá las garantías necesarias, de acuerdo con la
legislación vigente, asegurando las coberturas por daños que la ejecución del
Proyecto pudiera causar a terceros.
Décimo.- Previos los trámites legales oportunos, la Administración podrá
declarar la nulidad de esta autorización si se comprobase la inexactitud de las
declaraciones del solicitante que figuran en el expediente, conforme a lo dispuesto
en el artículo 4.3 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de
noviembre, así como en el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Undécimo.- En materia de caducidad, se estará a lo dispuesto en el artículo 11
del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre y en el
artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
En Las Palmas de Gran Canaria, 11 de abril de 2024
Alejandra Rodríguez Alloza
Jefa de Servicio de Transporte y Generación en R.O.
Vistos los antecedentes mencionados y en virtud de las competencias que me
han sido conferidas,
Resuelvo
Primero.- Aceptar en todos sus términos la propuesta anterior.
Segundo.- Notificar la presente resolución al promotor, a los organismos que
informaron o debieron informar en el procedimiento y a los interesados cuyos
derechos e intereses resulten afectados por la misma.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso de alzada ante la Ilma. Sra. Viceconsejera de Transición
Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Energía, en el plazo de un mes
desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la misma, conforme a lo
establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse
Anexo:
Relación concreta e individualizada de bienes o derechos de necesaria
expropiación

cve: BOE-B-2024-14148
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el
Boletín Oficial de Canarias, en el Boletín Oficial de la Provincia, así como a través
de los medios electrónicos preceptivos.