III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-7700)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se incoa expediente para la declaración como bien de interés cultural, con la categoría de zona arqueológica, del yacimiento arqueológico identificado como Lucus Asturum, sito en el concejo de Llanera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 17 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 43523

Por lo que respecta al Entorno de Protección, la propuesta de delimitación integra un
conjunto de parcelas en disposición envolvente en torno a la Zona Arqueológica
considerada, teniendo en cuenta que no se conoce exactamente la extensión que puede
alcanzar el yacimiento y tratando de ofrecer un contexto paisajístico adecuado al mismo
así como minimizar el impacto que el desarrollo urbanístico de Lugo de Llanera pudiera
ocasionar sobre él. El perímetro de dicho entorno, recogido en la imagen adjunta, se
describe como sigue:
Entre los puntos 1-2, la delimitación discurre por el borde exterior de la banda
pavimentada de la carretera AS-374, entendido como un límite físico preexistente. Entre
los puntos 2-3, el trazado se adecúa a la morfología del cauce de un arroyo existente
hasta su encuentro con el camino que discurre hacia la Av. de Pando, al este del ámbito.
El trazado entre los puntos 3-4 sigue el trazado de este camino hasta la delimitación del
suelo urbano establecida por las NNSS vigentes, actualmente consolidado. Entre los
puntos 5-6 se ajusta al límite de la carretera LL-3 y el ramal que la continúa hacia el sur
para dar acceso al Parque Tecnológico, hasta el borde inferior de la pista del aeródromo
de La Morgal. A partir del punto 6, la delimitación discurre hacia el norte ajustándose a
los terrenos actualmente ocupados por las instalaciones del equipamiento deportivo del
Principado de Asturias.
Relación de parcelas catastrales afectadas en su totalidad por el entorno de
protección propuesto:
F00302000TP71C,
33035A01100099,
33035A01100102,
33035A01100094,
33035A01100093,
33035A01100098,
33035A01100097,
33035A01100095,
33035A01100096,
33035A01100097,
33035A01100098,
33035A01100087,
33035A01100076,
33035A01100078,
33035A01100088,
33035A01100077,
33035A01100089,
33035A01100563,
33035A01100092,
33035A01100091,
33035A01100090,
33035A01100075,
33035A01100667,
F01002700TP71C,
33035A01100080,
33035A01100082,
33035A01100083,
33035A01100085,
33035A01100086,
33035A01100081,
33035A01100084,
33035A01111047,
33035A01112047,
33035A01113047,
33035A01100073,
33035A01100074,
33035A01100079,
33035A01111080,
33035A01100038,
33035A01100039,
33035A01100013,
33035A01100014,
33035A01100015,
33035A01100016,
33035A01100017,
33035A01100128,
33035A01100129,
33035A01111023,
33035A01112023,
33035A01100023,
F00900800TP71C,
F00900900TP71C,
F00901000TP71C,
F00901100TP71C,
33035A01100025,
33035A01100027,
33035A01100029,
33035A01111173,
33035A01100673,
33035A01100674,
33035A01100671,
33035A01100034,
33035A01100032,
33035A01100031,
33035A01100037,
33035A01100180,
33035A01100182,
33035A01100668,
33035A01100179,
F00304900TP71C,
33035A01100181,
33035A01100053,
33035A01100054,
33035A01100057,
33035A01100059,
33035A01100061,
33035A01100062,
33035A01100048,
33035A01100063,
33035A01100066,
33035A01100065,
33035A01100067,
33035A01100064,
33035A01100060,
33035A01100058,
33035A01100069,
33035A01100068,
33035A01100070,
33035A01100071,
33035A01100072,
33035A01100123,
33035A01100122,
33035A01100124,
33035A01100127,
33035A01100121,
33035A01100118,
33035A01111118,
33035A01100117,
33035A01100116,
33035A01100100,
33035A01100669,
33035A01111120,
33035A01100120,
33035A01100119,
33035A01100126,
F00304700TP71C,
33035A01100125,
33035A01111125,
33035A01110115,
33035A01111115,
33035A01112115,
33035A01100115,
33035A01111099, 33035A01109005, 33035A01109009, 33035A01109016.
Relación de parcelas afectadas parcialmente, conforme a la delimitación gráfica, por
el entorno de protección propuesto:
33035A01100022, 33035A01100019, 33035A01112185, 33035A01100056.

cve: BOE-A-2024-7700
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Núm. 94