III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-7700)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se incoa expediente para la declaración como bien de interés cultural, con la categoría de zona arqueológica, del yacimiento arqueológico identificado como Lucus Asturum, sito en el concejo de Llanera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Miércoles 17 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
7700

Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Consejería de Cultura, Política
Llingüística y Deporte, por la que se incoa expediente para la declaración
como bien de interés cultural, con la categoría de zona arqueológica, del
yacimiento arqueológico identificado como Lucus Asturum, sito en el concejo
de Llanera.
Antecedentes de hecho

Primero.
El yacimiento arqueológico habitualmente identificado como Lucus Asturum se
localiza en el área de la Ería de La Castañera, a una distancia inferior a un kilómetro en
línea de aire de la actual localidad de Lugo de Llanera, en el concejo de Llanera. En esta
zona se han identificado diferentes restos arqueológicos que constituyen un significativo
testimonio de la ocupación del área central de la actual Asturias en las épocas romana y
medieval. Destacaría especialmente la importancia del enclave, considerado un vicus
viarii (aglomeración de tipo secundario y configuración diseminada), al menos durante la
segunda y tercera centuria d.C.
Segundo.
Por Resolución de 23 de diciembre de 2013, de la Consejería de Educación, Cultura
y Deporte, se incluyó en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias el yacimiento
denominado «Área de poblamiento romano Lucus Asturum», asignándole un amplio
cuadrante en relación a la Ería de La Castañera y otras áreas con presencia de restos
arqueológicos de época romana en su entorno.
Tercero.
Ante la relevancia de los restos identificados en el área de la Ería de La Castañera,
con fecha 23 de junio de 2023, el Pleno del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias
acordó informar favorablemente la incoación de procedimiento administrativo para la
declaración BIC del yacimiento arqueológico localizado en la misma como Bien de
Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica.
A los antecedentes de hecho, son de aplicación los siguientes
Fundamentos de Derecho

Examinados los artículos 10 y 11 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6
de marzo, de Patrimonio Cultural que definen y establecen los tipos de Bienes
declarados de Interés Cultural, el artículo 14 y siguientes de la misma Ley que recogen
los trámites necesarios para su declaración, desarrollados por el capítulo I del título
Primero del Decreto 20/2015, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de
desarrollo de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio
Cultural.

cve: BOE-A-2024-7700
Verificable en https://www.boe.es

Primero.