III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-7688)
Resolución de 4 de abril de 2024, de la Autoridad Portuaria de A Coruña, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Arteixo, en materia de seguridad y sostenibilidad ambiental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Miércoles 17 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 43434

– Mantenimiento de una base náutica permanente en las instalaciones del puerto
exterior de Punta Langosteira, para una rápida respuesta ante situaciones de emergencia.
– De supervisión y actualización de los planes de autoprotección del puerto exterior
en Punta Langosteira.
– Redacción e implementación del plan local de protección de la ribera del mar
contra la contaminación marina: plan de contingencias ante un suceso de contaminación
que afecte o pueda afectar al ámbito territorial costero de Arteixo.
3.2

Actuaciones a cargo de la Autoridad Portuaria de A Coruña.

La APAC, en el ámbito del presente convenio, se compromete a:
– Suministrar la información meteorológica, oceanográfica y de alertas de seguridad
marítima de que disponga mediante servicios web.
– Suministrar la información de calidad del aire registrada en la estación automática
mediante servicios web.
– Siempre que tengan lugar las actuaciones que se citan a continuación, y con una
antelación mínima de quince días laborables, comunicar a la APAC la instalación de dos
plataformas flotantes en los pantalanes de la dársena de embarcaciones menores para
el amarre de una moto acuática y, en el pantalán más próximo a la rampa de bajada, de
una embarcación semirrígida del servicio de emergencias, junto con la instalación de una
caseta prefabricada en la explanada del muelle A3, en las proximidades de la citada
dársena de embarcaciones menores. Esta instalación, que no podrá suponer perjuicio
alguno a la normal explotación portuaria, queda exenta, de conformidad con los
artículos 169 y 179 del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, del pago de
las tasas de ocupación y actividad.
– En caso de disponibilidad de los suministros que se citan, agilizar la autorización
de la conexión de la caseta a las redes de suministro de agua y electricidad, así como la
instalación de un grifo de agua dulce en el punto de amarre.
– En caso de emergencia en el término municipal de Arteixo, y si así se demanda,
poner a disposición las barreras anticontaminación, skimmers y otros equipos de
protección medioambiental.
Actuaciones comunes y coordinadas.

– Por parte de ambas instituciones se procurará la mejora de la formación del
personal respectivo, anualmente se programarán actividades formativas para el personal
de la Autoridad Portuaria y para el personal del Área de Seguridad del Ayuntamiento de
Arteixo.
– Con periodicidad anual se programarán los simulacros que se determinen en el Plan
de Emergencia Municipal del Ayuntamiento de Arteixo, en los Planes de Autoprotección y
en los Planes de Protección Portuaria, participando en los mismos en la forma que se
determine en cada uno de ellos.
– De compensación de la huella de carbono de las actividades industriales
desarrolladas en el puerto exterior y su entorno, en el término municipal de Arteixo.
– De mejora del entorno ambiental y social en la zona de servicio del puerto exterior
y su entorno, en el término municipal de Arteixo.
– Trabajos de promoción y gestión de la biodiversidad en el entorno del puerto exterior.
– De planificación de la correcta gestión de los residuos generados en la zona de
servicio del puerto.
Cuarta. Comisión de seguimiento.
4.1 Para el desarrollo y seguimiento de este convenio y para la aprobación de la
propuesta de trabajos y su control se creará una Comisión mixta paritaria, compuesta por
dos representantes de cada Organismo.

cve: BOE-A-2024-7688
Verificable en https://www.boe.es

3.3