III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-7665)
Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Baza, por la que se deniega la rectificación de la descripción de una finca mediante instancia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Miércoles 17 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
7665

Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Baza, por la que se deniega la rectificación
de la descripción de una finca mediante instancia.

En el recurso interpuesto por doña M. G. V., en nombre propio y en representación
de don J. M. G. V., y don C. E., don A. y doña M. C. A. G., contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Baza, don José Antonio Jiménez Rubio, por la que se
deniega la rectificación de la descripción de una finca mediante instancia.
Hechos
I
Mediante instancia fechada el día 25 de octubre de 2023, doña M. G. V., don C. E.,
don A. y doña M. C. A. G. y don J. M. G. V. –este último representado por la primera–,
solicitaron que, «de conformidad con lo establecido en el art. 595 del Reglamento
Hipotecario en relación con el art. 331 del mismo cuerpo legal y el art. 212 y 217 de la
LH», se rectificara el error cometido en la finca registral número 21.861 de Baza, tanto en
la primera inscripción de agrupación como en las posteriores «que proceden por arrastre
de la anterior y que se han inscrito con el mismo error que la inscripción primera de
agrupación», consistente en que en el lindero oeste debía sustituirse la palabra «cueva»
por su plural, «cuevas».
La instancia se acompañaba, entre otros, de los siguientes documentos: escritura de
agrupación otorgada el día 7 de abril de 1986 ante el notario de Baza, don Miguel del
Páramo Arguelles, con el número 444 de protocolo, que motivó la inscripción 1.ª;
testimonio del procedimiento ordinario número 314/2006 del Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción número 2 de Baza que causó la inscripción 4.ª; escritura de poder
conferido por don J. M. G. V. a favor de doña M. G. V., y los que acreditaban que los
peticionarios ostentaban la condición de herederos de los titulares registrales de la mitad
indivisa de la finca.
II

«Calificada en el día de hoy por José Antonio Jiménez Rubio, Registrador de la
Propiedad de Baza y su Distrito Hipotecario, la precedente instancia firmada ante mí, el
día 25 de octubre de 2023, presentada el mismo día, con el número de
entrada 4358/2023, y que originó el asiento 96 del Diario 89; tras examinar los
antecedentes del Registro, se han observado las siguientes circunstancias que ha
motivado la calificación desfavorable:
Hechos.
Uno. La instancia objeto de calificación, está firmada por doña M. G. V., que no es
titular registral de la finca 21.861 del término de Baza, actuando por sí, y en
representación de su hermano don J. M. G. V., aportando para acreditar dicha

cve: BOE-A-2024-7665
Verificable en https://www.boe.es

Presentada la indicada instancia en el Registro de la Propiedad de Baza, fue objeto
de la siguiente nota de calificación: