II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-7660)
Resolución de 11 de abril de 2024, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar Administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 17 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 43258

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10.

Normas finales

10.1 Las personas aspirantes, por el hecho de participar en el presente proceso
selectivo, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones
que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes.
10.2 La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas en la forma y
plazo establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
10.3 En el plazo de seis meses, contados a partir de la resolución del proceso
selectivo, las personas interesadas podrán solicitar la devolución de la documentación
aportada. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso alguno, la
Universidad procederá a la devolución de la documentación a las personas que así lo
hayan solicitado, entendiéndose que las personas que no lo hayan hecho renuncian a su
recuperación, decayendo en su derecho, y procediéndose seguidamente a su
destrucción.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer,
potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a la publicación de la misma, ante este Rectorado (artículos 112, 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada resolución, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba (artículos 8.3 y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Córdoba, 11 de abril de 2024.–El Rector, Manuel Torralbo Rodríguez.
ANEXO I
Proceso de selección y valoración
El proceso de selección constará de fase de oposición, que tendrá carácter
eliminatorio, valorada con un máximo de 60 puntos, y fase de concurso, valorada con un
máximo de 40 puntos.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada una de las fases.
La fase de concurso se aplicará exclusivamente a las personas aspirantes que hayan
superado la fase de oposición.
En caso de empate en la calificación final, el orden se establecerá atendiendo a los
siguientes criterios:
1. La mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2. La mayor puntuación obtenida en la primera parte del ejercicio único de la fase
de oposición.
3. La mayor puntuación obtenida en la segunda parte del ejercicio único de la fase
de oposición.
4. De persistir el empate, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el
apartado 2 del baremo –Trabajo desarrollado–.
1.

Fase de oposición

La fase de oposición se valorará de 0 a 60 puntos y constará de un ejercicio único
que se dividirá en dos partes.

cve: BOE-A-2024-7660
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Núm. 94