III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Subvenciones. (BOE-A-2024-7573)
Resolución de 11 de abril de 2024, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de una entidad colaboradora para el apoyo a la gestión de las subvenciones a salas de exhibición cinematográfica para fomentar el acceso al cine de las personas de 65 años o más, para el año 2024.
22 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Martes 16 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 42850

Asimismo, con base en la información anterior, la entidad colaboradora deberá enviar
un certificado resumen con la totalidad de titulares beneficiarias, la cuantía total a
percibir, los porcentajes que dicha cuantía suponen sobre la subvención máxima
otorgada y los saldos de subvención pendientes.
f) Proceder a la apertura de una cuenta bancaria finalista destinataria de los fondos
a distribuir entre las beneficiarias, que permita su seguimiento, así como la verificación
de las subvenciones otorgadas. En ningún caso los fondos recibidos ni los intereses que
en su caso produzcan se considerarán integrantes de su patrimonio.
g) Distribuir los fondos a las beneficiarias en los términos y plazos establecidos en
el artículo 12 del Real Decreto 321/2024, de 26 de marzo, de acuerdo con el siguiente
calendario:
1.º Antes del 31 de julio de 2024, por la cantidad correspondiente a las entradas
vendidas entre el día siguiente a la resolución de concesión y el 30 de junio de 2024.
2.º Antes del 30 de septiembre de 2024, por la cantidad correspondiente a las
entradas vendidas entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 2024.
3.º Antes día 30 de noviembre de 2024, por la cantidad correspondiente a las
entradas vendidas entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre de 2024.
4.º Antes del 31 de enero de 2025, por la cantidad correspondiente a las entradas
vendidas entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2024.
h) Justificar ante el ICAA la entrega de los fondos percibidos y entregar la
justificación presentada por las beneficiarias en los siguientes plazos:
1.º La justificación de la entrega de los fondos percibidos por la entidad
colaboradora para el pago de las ayudas se producirá en el plazo de un mes desde que
se efectúe dicho pago, mediante las correspondientes órdenes de transferencia. La
comisión de seguimiento comprobará y certificará la ejecución de estos pagos.
2.º La entrega de la justificación presentada por las beneficiarias, según el modelo
del anexo III, que se regirá por lo dispuesto en el artículo 15.4 del Real
Decreto 321/2024, de 26 de marzo, se producirá en el plazo de máximo un mes desde
su recepción. La comisión de seguimiento comprobará y certificará la ejecución por la
entidad colaboradora de sus responsabilidades respecto a esta fase de justificación.

Quinta.

Compromisos del ICAA.

El ICAA se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
1. Librar los fondos correspondientes para que la entidad colaboradora distribuya la
cantidad que corresponda entre las beneficiarias de acuerdo con los términos y plazos
establecidos en el artículo 12 del Real Decreto 321/2024, de 26 de marzo.

cve: BOE-A-2024-7573
Verificable en https://www.boe.es

i) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos
debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial
aplicable en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las
facultades de comprobación y control.
j) Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar el ICAA, así
como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los
órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta
información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
k) Hacer constancia expresa de la financiación pública en la página web de la
entidad colaboradora, así como en los soportes empleados para llevar a cabo su
actividad como entidad colaboradora objeto de este convenio, mediante la inserción de la
frase «Con la financiación del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales/
Ministerio de Cultura /Gobierno de España», o bien con la inserción de la frase «Con la
financiación del» seguida del logotipo del ICAA.