III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-7565)
Resolución de 10 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Hibridación Torozos C, de 38 MW de potencia instalada, para su hibridación con el Parque Eólico Torozos C, de 39,6 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Valladolid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 16 de abril de 2024

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estrategias de conservación del «Programa de Estepas Cerealistas de Castilla y León»,
se aumentarán las superficies de barbecho tradicional y su mantenimiento a largo plazo,
alzado tardío del rastrojo, empleo de leguminosas de grano y/o utilización de cereales de
ciclo largo y no tratadas con productos fitosanitarios, fungicidas o rodenticidas,
mantenimiento de pastizales naturales así como restablecer lindes con vegetación
herbáceas y fomentar la transformación de cultivos herbáceos en pastizales
permanentes.
Se respetará el periodo de nidificación para aquellos trabajos que puedan incidir en
la avifauna, presentando un plan de trabajo que minimice su afección, estableciendo un
calendario de obras se fijará en coordinación con el Servicio Territorial de Medio
Ambiente de Valladolid.
De forma conjunta, se considera necesaria la elaboración de un plan de seguimiento
específico para la fauna que se extenderá durante toda la vida útil desde la puesta en
marcha por la instalación, prorrogables por periodos de igual o menos duración, en
función de los resultados obtenido, llevándose a cabo por una empresa independiente de
la responsable de la obra. Dicho plan deberá incluir tanto dentro como fuera de las
instalaciones mediante censos de fauna (aves esteparias, rapaces, quirópteros,
invertebrados) y seguimiento de mortalidad de la fauna, con aprobación del Servicio
Territorial de Medio Ambiente de Valladolid, e informes anuales de seguimiento.
A la hora de realizar las zanjas, se minimizará su afección con la vegetación de las
lindes evitando su afección y si fuese necesario de procederá a su restauración y mejora.
De igual modo, los caminos públicos de paso para acceso a la instalación deberán
mantenerse en perfectas condiciones de uso, evitando su deterioro, así como las
ocupaciones que dificulten el tránsito o la funcionalidad de los mismos.
En relación a las vías pecuarias, deberán garantizarse el mantenimiento del correcto
estado de estos bienes de dominio público, y que no se vea interrumpido el paso
ganadero en ningún momento, tanto en explotación como en obra, así como garantizar
los demás usos compatibles y complementarios según se recogen en la Ley 3/1995,
de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. De forma previa a la ejecución de cualquier
actuación que afecte a los terrenos de vías pecuarias es preceptiva la correspondiente
autorización, tramitada ante el citado Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid
de la Junta de Castilla y León.
Se avisará a los propietarios de cotos de caza afectados por la instalación de la
PHFV Torozos C.
Durante las obras, se seleccionará el procedimiento de construcción que minimice la
alteración de la capa superficial del suelo, respetando la vegetación existente,
minimizando los movimientos de tierra en la superficie de la planta, así como los acopios
de cualquier tipo de material y zonas auxiliares deberán disponerse dentro del perímetro
del proyecto, fuera de las áreas naturales a conservar y evitando la evacuación de
solidos por escorrentía superficial.
Al inicio de los trabajos se procederá a la retirada de la tierra vegetal, para su
posterior reutilización, de forma que esta no se mezcle con sustratos profundos o que
quede sepultada por acumular sobre ella tierra de menor calidad.
La tierra vegetal se acumulará en zonas no afectadas por los movimientos de tierra
hasta que se proceda a su disposición definitiva y se realizará de tal modo que no pierda
sus características (altura máxima de los acopios de 2 metros).
Se podrá reutilizar gran parte de las tierras de excavación en rellenos. Si existiera un
excedente deberá ser gestionado por empresas acreditadas, enviado a graveras de la
zona o a vertederos.
La disposición de zonas de acopios en fase de obras se situará dentro de la propia
parcela en una zona sin valores ambientales destacables y alejados de cursos de agua,
terrenos de monte, vías pecuarias, etc. Las zonas temporales de acopios que
posteriormente queden libres deberán restablecerse para cultivos o bien especies
autóctonas.

cve: BOE-A-2024-7565
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Núm. 93