I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo de la Guardia Civil. (BOE-A-2024-7480)
Orden PJC/325/2024, de 14 de abril, por la que se aprueban las bases generales por las que han de regirse los procesos selectivos para el acceso al curso de capacitación para el ascenso al empleo de Cabo de la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, así como las normas generales del curso de capacitación y su plan de estudios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 16 de abril de 2024

Sec. I. Pág. 42478

el Real Decreto 512/2017, de 22 de mayo, y el Reglamento de ordenación de la
enseñanza en la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo.
Por todo ello, en atención a la insustituible labor del personal que ostenta este
empleo como primer escalón de mando en el Cuerpo y, en cumplimiento del fallo de la
citada sentencia, con el fin de poder permitir al personal de la Guardia Civil el ascenso al
empleo de Cabo en las condiciones y con el rango normativo establecido por el Alto
Tribunal, a la vez que se posibilita a la Guardia Civil dotarse del personal preciso para el
ejercicio de las funciones asignadas a este empleo como primer escalón de mando del
Cuerpo, se hace necesaria la aprobación de las bases generales por las que han de
regirse los procesos selectivos para el acceso al curso de capacitación para el ascenso
al empleo de Cabo de la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, así como las
normas generales del curso de capacitación y su plan de estudios mediante una norma
con rango de orden ministerial.
En cuanto a su contenido y tramitación, la norma observa los principios de buena
regulación conforme a los cuales deben actuar las Administraciones Públicas en el
ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En virtud de los principios de necesidad, eficacia y
proporcionalidad, viene a dar cumplimiento a la Sentencia 3287/2022, de 19 de
septiembre de 2022, de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Supremo y a permitir la regulación de las bases generales por las que han
de regirse los procesos selectivos para el acceso al curso de capacitación para el
ascenso al empleo de Cabo de la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, así
como las normas generales del curso de capacitación y su plan de estudios. De igual
modo, a fin de garantizar los principios de seguridad jurídica y transparencia la orden se
incardina de forma coherente en el marco normativo que regula el sistema de enseñanza
de la Guardia Civil, dando cumplimiento en su tramitación a cuanto se dispone en el
artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno. De igual manera, en atención a lo dispuesto en el
artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y en el artículo 133 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el proyecto ha sido sometido al correspondiente trámite
de audiencia e información pública. Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia,
la norma persigue una gestión racional de los recursos públicos.
Esta orden ministerial se dicta de acuerdo con la Ley 29/2014, de 28 de noviembre,
cuyo artículo 8 atribuye al Consejo de Ministros la competencia para desarrollar las
directrices generales de promoción y ascenso de los guardias civiles del personal de la
Guardia Civil, así como ejercer las demás competencias que se le atribuyen en la ley y
en el resto del ordenamiento jurídico, al tiempo que la disposición final quinta autoriza
expresamente al Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el
desarrollo y ejecución de la ley, en especial las referidas a: ingreso en los centros de
formación, acceso a las diferentes escalas y directrices generales de los planes de
estudio; evaluaciones y ascensos y adquisición, pérdida y renuncia a la condición de
guardia civil, entre otras. Además, da cumplimiento a cuanto se dispone en los
artículos 54.7 y 42.3 del Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil,
según la redacción dada por el citado Real Decreto 91/2024, de 23 de enero.
Por último, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley
Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los
miembros de la Guardia Civil, esta orden ministerial ha sido sometida al informe del
Consejo de la Guardia Civil.

cve: BOE-A-2024-7480
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Núm. 93