III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-7279)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con la Fundación Vivir sin Barreras para mejorar la accesibilidad en la Galería de las Colecciones Reales y en los Reales Sitios y Reales Patronatos dependientes del Patrimonio Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91

Sábado 13 de abril de 2024

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citada Ley 23/1982, adoptará las medidas conducentes al uso de los bienes integrados
en dicho patrimonio con fines culturales, científicos y docentes.
Segundo.
Que Patrimonio Nacional tiene atribuidas entre sus funciones la de administrar y
gestionar los bienes de titularidad estatal afectados al uso y servicio del Rey y de los
miembros de la Real Familia para el ejercicio de la alta representación que la
Constitución y las leyes le atribuyen y, teniendo, entre otros, un triple objetivo:
– Poner a disposición de todos los ciudadanos uno de los conjuntos culturales más
importantes de Europa.
– Conservar, documentar, investigar y divulgar sus bienes históricos, muebles e
inmuebles.
– Preservar y respetar el medio ambiente, flora, fauna de los bosques y jardines que
administra.
Tercero.
Que FUNVIBA es una fundación privada, sin ánimo de lucro, inscrita en el Registro
de fundaciones de competencia estatal con el número de registro 2393. La inscripción
conlleva el reconocimiento del interés general de sus fines. Conforme el artículo 6 de sus
estatutos, relativo a sus fines, la fundación se constituye para potenciar la asistencia y la
interacción e inclusión social y laboral de las personas con discapacidad.
Cuarto.
Que entre las actividades estatutarias orientadas a tal finalidad se encuentra la de
«promover acciones dirigidas a personas con discapacidad, sus familiares y personas
encargadas de su cuidado, que tengan por objeto mejorar su calidad de vida, autonomía
y su integración social y laboral. Especialmente aquellas relativas al uso de la tecnología
de apoyo y las mejoras de accesibilidad, en especial, promover la atención a las
personas en riesgo de exclusión por razones físicas». De acuerdo con ello, uno de los
proyectos de la fundación consiste en poner gratuitamente a disposición de las personas
con movilidad reducida en museos, hospitales y otras entidades de similar naturaleza,
vehículos eléctricos de asistencia (scooter) propiedad de la fundación.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS

El objeto del presente convenio es establecer los términos de la colaboración entre
Patrimonio Nacional y FUNVIBA, con la finalidad de mejorar la accesibilidad en Reales
Sitios, Reales Patronatos y Galería de las Colecciones Reales, dependientes de
Patrimonio Nacional, facilitando recursos de apoyo a las personas con movilidad
reducida.
El desarrollo de la actividad derivada del convenio, en lo relativo a la ocupación de
espacio y uso, estará supeditada a los requerimientos y limitaciones que establezca
Patrimonio Nacional, y en ningún caso afectará al normal funcionamiento de cada centro.
Segunda.

Ámbito de desarrollo.

El préstamo de scooters eléctricas para personas con discapacidad física o
dificultades de movilidad se desarrollará en los Reales Sitios, Reales Patronatos y

cve: BOE-A-2024-7279
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto.