III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-7278)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con la Diputación Permanente de la Grandeza de España y Títulos del Reino y la Fundación Cultural de la Nobleza Española, para la celebración de la Exposición Felipe VI: una década de la historia de la Corona de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91

Sábado 13 de abril de 2024
2.3

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Titularidad de los resultados.

La exposición y la gaceta tendrán carácter gratuito, por lo que no se generarán
ingresos económicos ni por venta de entradas, ni por venta de publicaciones. La
titularidad de los derechos sobre los resultados será compartida por las partes en tanto
que coorganizadores y coeditores. Ello, sin perjuicio de los derechos de propiedad
intelectual que puedan corresponder a los titulares de las obras, contenidos y materiales
que forman parte de la exposición, reconociéndose la propiedad intelectual a los
participantes de acuerdo a la legislación vigente.
Las partes podrán reutilizar las obras, contenidos y materiales resultantes en otras
exposiciones y proyectos que tengan por objeto conmemorar el aniversario de la
proclamación de Su Majestad el Rey Felipe VI, mediando la previa autorización de la otra
parte.
Tercera.

Relaciones contractuales.

Patrimonio Nacional es ajeno a las relaciones contractuales que La DGET y la FCNE
pueda establecer con terceros con motivo de la colaboración objeto del presente
convenio. La DGET y la FCNE acepta expresamente que serán de su exclusiva
responsabilidad las consecuencias económicas y de cualquier otra índole que se deriven
de la realización de los trabajos y productos objeto de esta relación.

Patrimonio Nacional, de una parte, y la DGET y la FCNE de otra se autorizan
recíprocamente a contar con patrocinios para la realización de los trabajos objeto de este
convenio. Ambas instituciones se comprometen a informar de los posibles
patrocinadores, que deberán contar con el visto bueno previo de ambas partes.
Mediante el presente convenio y únicamente para su ejecución durante la vigencia
del mismo, las partes se autorizan, mutuamente, a utilizar sus respectivas marcas y/o
logotipos, con el fin de desarrollar el objeto del presente convenio, así como las
actividades promocionales que las mismas acuerden en relación con el mismo. En
particular, el uso de los signos distintivos por las partes se realizará de conformidad con
el contenido, medios y ámbito objetivo, temporal y territorial del presente convenio. En
todo caso, cuando en virtud del convenio, las partes vayan a utilizar el nombre,
imágenes, marcas o logotipos de la otra parte, deberán atenerse a las instrucciones que,
en cada momento, le indique la otra parte.
Patrimonio Nacional se compromete a reconocer la colaboración de la DGET y la
FCNE, así como la de los posibles patrocinadores, autorizando la inserción de los
correspondientes logotipos en la documentación, cartelería y soportes de comunicación y
publicidad que se realicen, aplicando las directrices de imagen externa que
correspondan.
Patrimonio Nacional conocerá con antelación los soportes publicitarios y editoriales,
que deberán ser aprobados previamente a su producción (material publicitario, material
editorial, folletos, carteles, catálogo, panel de créditos, etc.).
Las partes se comprometen, por tanto, a realizar un uso responsable, adecuado y
diligente de los signos distintivos de la otra parte, de conformidad con la ley, la moral y el
orden público. Concretamente, se abstendrán de realizar actos que pudieran conllevar la
pérdida de carácter distintivo de las marcas o su desprestigio y se comprometen a
comunicar a la otra parte todo hecho que llegue a su conocimiento y que pueda ser
constitutivo de una violación de cualesquiera derechos de propiedad industrial o
intelectual o de imagen titularidad de la otra parte y colaborarán en la defensa de los
mismos.
Las partes se reservan el derecho a retirar la presente autorización, en cualquier
momento, en caso de que la otra parte esté llevando a cabo un uso ilícito de las marcas,
logotipos o imagines objeto de la autorización, si detectan que se hace un mal uso de

cve: BOE-A-2024-7278
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Patrocinios.