III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-7254)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se corrigen errores en la de 6 de marzo de 2024, por la que se modifican procedimientos de operación eléctricos para la participación de la demanda y el almacenamiento en los servicios de no frecuencia y en la solución de restricciones técnicas e integración de la hibridación de tecnologías en el proceso de programación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Viernes 12 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
7254

Resolución de 9 de abril de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia, por la que se corrigen errores en la de 6 de marzo de 2024,
por la que se modifican procedimientos de operación eléctricos para la
participación de la demanda y el almacenamiento en los servicios de no
frecuencia y en la solución de restricciones técnicas e integración de la
hibridación de tecnologías en el proceso de programación.
Antecedentes de hecho

Primero.
Por Resolución de 19 de octubre de 2023, la Sala de Supervisión Regulatoria aprobó
el nuevo procedimiento de operación eléctrico 7.5, sobre el servicio de respuesta activa
de la demanda, y modificó el procedimiento de operación 14.4, sobre derechos de cobro
y obligaciones de pago de los servicios de ajuste del sistema, por motivo de este mismo
servicio de respuesta activa de la demanda (procedimiento DCOOR/DE/003/23). Esta
resolución fue publicada en el BOE el 2 de noviembre de 2023.
Segundo.
Por resolución de 6 de marzo de 2024, la Sala de Supervisión Regulatoria ha
modificado los procedimientos de operación eléctricos 3.1, 3.2, 3.8, 3.11, 14.1, 14.4
y 14.8, por motivo de la participación de la demanda y el almacenamiento en los
servicios de no frecuencia y en la solución de restricciones técnicas y por motivo de la
integración de la hibridación de tecnologías en el proceso de programación
(procedimiento DCOOR/DE/007/22). Esta resolución ha sido publicada en el BOE de 27
de marzo de 2024.
Tercero.
Una vez aprobada y publicada la resolución de 6 de marzo de 2024, se ha advertido
que la nueva versión del procedimiento de operación 14.4 que figura en el anexo no se
ha consolidado con los cambios derivados de la resolución aprobada el 19 de octubre
de 2023.

Según el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, «las Administraciones
Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los
interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».
En el caso del procedimiento de operación eléctrico 14.4, «Derechos de cobro y
obligaciones de pago por los servicios de ajuste del sistema», se han producido dos
modificaciones de su texto de forma sucesiva, justificadas por motivos diferentes: La
necesidad de adaptar su texto al servicio de respuesta activa de la demanda objeto del
nuevo procedimiento de operación 7.5 que se ha aprobado (resolución de la CNMC
de 19 de octubre de 2023) y la necesidad de adaptar su texto por motivo, principalmente,
de la participación de la demanda y el almacenamiento en la solución de restricciones
técnicas (resolución de la CNMC de 6 de marzo de 2024).

cve: BOE-A-2024-7254
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